Sistema de alarma contra incendios: directrices en códigos de práctica.

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Sistema de alarma contra incendios: puntos de referencia en el reglas de bóvedas

El diseño de cualquier sistema de seguridad tiene sus propias características. Quizás los más exigentes en cuanto al cumplimiento de la documentación reglamentaria sean el sistema automático de alarma contra incendios (AFS) y el sistema de alerta de incendios y control de evacuación (SOUE). Al diseñar incluso un objeto pequeño, es necesario tener en cuenta todas las reglas y regulaciones, que pueden no ser fáciles de entender de inmediato.
Consideremos las preguntas más comunes que surgen al diseñar estos sistemas.
Supongamos que necesita equipar un edificio administrativo y de servicios de 3 pisos con un área total de 600 m2 con un sistema automatizado de alarma contra incendios y un sistema de control de emergencia.
De acuerdo con SP 5.13130.2009 (código de reglas 5.13130.2009 “Sistemas de protección contra incendios. Instalaciones automáticas de alarma y extinción de incendios. Normas y reglas de diseño”), Apéndice A, Tabla A1, determinamos que esta instalación no es deberá estar equipado con una instalación automática de extinción de incendios.
Según SP3.13130.2009 (conjunto de reglas 3.13130.2009 “Sistemas de protección contra incendios. Sistema de alerta y gestión de evacuación de personas en caso de incendio. Requisitos de seguridad contra incendios”), sección 7, tabla 2, determinamos el tipo de notificación requerida.
La primera pregunta que surge es: ¿en qué estancias se deben instalar los detectores de incendios? Esto es respondido por SP5.13130.2009, Apéndice A, cláusula 4:

En los edificios y estructuras especificados en esta lista, todas las instalaciones deben estar protegidas con instalaciones automáticas adecuadas, independientemente del área, excepto las instalaciones:
con procesos húmedos (duchas, sanitarios, cámaras frigoríficas, cuartos de lavado, etc.);
cámaras de ventilación (cámaras de suministro y escape que no dan servicio a locales industriales de las categorías A o B), salas de bombeo de suministro de agua, salas de calderas y otros locales para equipos de ingeniería del edificio, en los que no haya materiales inflamables;
categorías B4 y D de peligro de incendio;
escaleras.
Tenga en cuenta que las salas catalogadas como salas de proceso húmedo a veces requieren la instalación de un APS. Por ejemplo, un lavabo puede estar equipado con electrodomésticos, cuyo mal funcionamiento puede provocar un incendio, y en el vestíbulo contiguo al baño y que forma parte del mismo, puede haber muebles.
A menudo surge la pregunta: ¿por qué no es necesario equipar la escalera con un APS, pero sí el vestíbulo que da a la calle? Las escaleras tienen ventanas con cortinas, también hay una zona para fumadores y el vestíbulo está vacío y tiene paredes de hormigón visto.
Para evitar dificultades a la hora de entregar un objeto a un inspector de incendios, los detectores siempre se instalan en los vestíbulos, a menos que se confirme que el vestíbulo forma parte de la escalera. Si hay algo que quemar en las escaleras, entonces están equipadas con un APS.
Sucede que el proyecto lo lleva a cabo una organización, la instalación y entrega del objeto, otra. El proyecto podrá presentarse basándose únicamente en la explicación de las instalaciones y no en sus características reales. El proyecto no especifica ni cortinas en las ventanas de las escaleras ni alfombras en los baños. Pero a la hora de poner en marcha la instalación habrá que cambiar las características del local o instalar detectores en el mismo.
En los edificios administrativos, como en cualquier otro edificio, a veces hay pequeñas habitaciones sin ventanas, que a menudo se convierten en armarios y trasteros. En esencia, estas instalaciones siguen siendo locales separados y requieren equipo APS. De hecho, se trata de armarios con estantes de gran profundidad. Los estantes crean una barrera contra la propagación del humo y debajo de cada uno de ellos es necesario instalar un detector de incendios (o incluso más de uno, si el sistema no es direccionable). Un armario con detectores parece ridículo, sobre todo porque habrá que desplazar las cosas que se guardan en él. Para evitar esta situación, es necesario desmontar los estantes, es decir, devolver la habitación a su aspecto original, de lo contrario será difícil poner el objeto en funcionamiento.
A menudo surge la pregunta: ¿debería equipar el ático y el sótano con APS y SOUE?
En SP5.13130.2009, Apéndice A, cláusula 4, estas instalaciones no están enumeradas, es decir, no está permitido equiparlas si tienen categorías de riesgo de incendio B4 y D.
Tampoco estaría de más mencionar en la explicación del proyecto que el ático está tratado con una mezcla contra incendios, no contiene carga de fuego y el acceso al mismo es limitado. Lo mismo se aplica a los sótanos, excepto que no se tratan con una mezcla contra incendios. Si las cosas rara vez se almacenan en los áticos (debido a las molestias del almacenamiento), en los sótanos, por regla general, las cosas son peores: generalmente están llenos de todo tipo de basura que supuestamente no debería estar allí. Para no equipar sótanos y áticos con APS y SOUE, es necesario obtener del cliente un documento oficial que confirme que estas instalaciones no están en uso y no contienen carga de fuego.
Otra pregunta importante: ¿deben instalarse detectores de incendios detrás de un techo suspendido?
SP5.13130.2009, cláusula 13.3.16:
Los detectores instalados en el techo pueden utilizarse para proteger el espacio situado debajo de un falso techo perforado si se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:
la perforación tiene una estructura periódica y su área supera el 40% de la superficie;
el tamaño mínimo de cada perforación en cualquier sección no será inferior a 10 mm;
El espesor del falso techo no será superior a tres veces el tamaño mínimo de la celda de perforación. Si no se cumple al menos uno de estos requisitos, se deben instalar detectores en el falso techo de la habitación principal, y si es necesario proteger el espacio detrás del falso techo, se deben instalar detectores adicionales en el techo principal.
SP5.13130.2009, Apéndice A, tabla 2, cláusula 11:
Espacios detrás de techos suspendidos y debajo de pisos dobles al colocar conductos de aire y tuberías con aislamiento hecho de materiales del grupo de inflamabilidad G1 –G4, así como cables (alambres) que son retardantes de llama (NG) y tienen un código de riesgo de incendio PRGP1 (según [21]), incluso cuando están tendidos juntos2:
2) 1 Las estructuras de cables, los espacios detrás de falsos techos y debajo de pisos dobles no están equipados con instalaciones automáticas (excepto los párrafos 1 a 3):
a) al tender cables (alambres) en tuberías de acero para agua y gas o en acero sólido cajas con tapas macizas que se pueden abrir;
b) al tender tuberías y conductos de aire con aislamiento no combustible;
c) al tender cables individuales (alambres) del tipo NG para alimentar circuitos de iluminación;
d) al tender cables (alambres) del tipo NG con un volumen total de masa combustible inferior a 1,5 litros por 1 m de línea de cable detrás de techos suspendidos hechos de materiales del grupo de inflamabilidad NG y G1.
En este caso, el APS se instala independientemente de la distancia entre el techo y el falso techo.
La instalación de detectores detrás de un falso techo no sólo implica mayores costes de equipos y materiales, sino que también aumenta la complejidad de la instalación. A veces, la distancia detrás del falso techo es tan pequeña que la instalación allí resulta extremadamente inconveniente. Para evitar la instalación de detectores en los casos en que no se cumplan las condiciones enumeradas en los puntos a, b, c, es necesario calcular el volumen de masa inflamable de la línea de cable y comparar el resultado con el indicador estándar indicado en el punto d Aquí la dificultad no radica en el cálculo en sí (aunque es bastante tedioso), sino en los datos iniciales necesarios para ello: la cantidad y las marcas de cables tendidos detrás del falso techo. En condiciones ideales, esta información, documentada, la proporciona el cliente. En realidad, el cliente a menudo no puede proporcionar información y al contratista le resulta difícil descubrir este problema durante la encuesta.
La siguiente pregunta se refiere a las líneas de cable: ¿para qué se deben utilizar y cómo se deben tender?
SP6.13130.2009 (Código de Normas 6.13130.2009 “Sistemas de protección contra incendios. Equipos eléctricos. Requisitos de seguridad contra incendios”), sección 4, cláusula 1:
Las líneas de cables de los sistemas de protección contra incendios deben estar hechas de cables resistentes al fuego con conductores de cobre que no propaguen llamas cuando se colocan en grupos según la categoría A de acuerdo con GOST R IEC 60332-3-22 con bajas emisiones de humo y gases (ng- LSFR) o que no contenga halógenos (ng-HFFR).
SP5.13130.2009, artículo 13, cláusula 15.3:
La selección de alambres y cables eléctricos, los métodos de colocación para organizar bucles de alarma contra incendios y líneas de conexión deben realizarse de acuerdo con los requisitos de GOST R 53315, GOST R 53325, [7], los requisitos de esta sección y la documentación técnica para Dispositivos y equipos del sistema de alarma contra incendios.
SP5.13130.2009, sección 13, cláusula 15.4:
La instalación conjunta de bucles de alarma contra incendios y líneas de conexión, líneas de control para sistemas automáticos de extinción y alerta de incendios con voltaje de hasta 60 es no permitido V con líneas con un voltaje de 110 V o más en una caja, tubería, arnés, canal cerrado de una estructura de edificio o en una bandeja.
Se permite el tendido conjunto de estas líneas en distintos compartimentos de cajas y bandejas que dispongan de tabiques longitudinales macizos con límite de resistencia al fuego de 0,25 horas fabricados en material no combustible.
SP5.13130.2009, sección 13, cláusula 15.15:
Con instalación abierta paralela, la distancia desde los cables de alarma contra incendios y cables con voltaje de hasta 60 V hasta los cables de alimentación e iluminación debe no ser inferior a 0,5 m.
Está permitido tender los alambres y cables especificados a una distancia inferior a 0,5 m de los cables de alimentación e iluminación, siempre que estén protegidos de interferencias electromagnéticas.
Se permite reducir la distancia a 0,25 m desde los alambres y cables de los bucles de alarma contra incendios y las líneas de conexión sin protección contra interferencias hasta los alambres individuales de iluminación y cables de control.
SP6.13130.2009, sección 4, cláusula 6:
Líneas de cables de los sistemas de alerta y control de evacuación (SOUE) y sistemas de alarma contra incendios involucrados en garantizar la evacuación de personas en caso de El fuego debe mantener su operatividad en condiciones de incendio durante el tiempo necesario para la evacuación completa de las personas a un área segura.
Para no calcular el tiempo necesario para la evacuación completa de las personas a una zona segura, es necesario utilizar cables con alta resistencia al fuego. Por ejemplo, los marcados como FRLS, que tienen una resistencia al fuego de 180 minutos. Este tiempo es más que suficiente para la evacuación. Vale la pena agregar que al diseñar, además de la documentación reglamentaria, se debe confiar en la lógica, teniendo en cuenta las peores condiciones.

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