Ley Federal sobre Secretos Comerciales.

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Ley federal sobre secretos comerciales.

Ley federal sobre secretos comerciales

Federación de Rusia
Ley Federal  «Sobre los secretos comerciales»

Aprobado por la Duma del Estado  9 de julio de 2004
Aprobado por el Consejo de la Federación. 15 de julio de 2004

Artículo 1. Objetos y alcance de esta Ley Federal

     1. Esta Ley Federal regula las relaciones relacionadas con la clasificación de información como secreto comercial, la transferencia de dicha información y la protección de su confidencialidad con el fin de asegurar el equilibrio de intereses de los propietarios de la información que constituye un secreto comercial y otros participantes en relaciones reguladas. , incluido el Estado, en el mercado de bienes, obras, servicios y prevención de la competencia desleal, y también determina información que no puede constituir secreto comercial.
     2. Las disposiciones de esta Ley Federal se aplican a la información que constituye un secreto comercial, independientemente del tipo de soporte en el que esté registrada.
     3. Las disposiciones de esta Ley Federal no se aplican a la información clasificada de la manera prescrita como secreto de Estado, respecto de la cual se aplican las disposiciones de la legislación de la Federación de Rusia sobre secretos de Estado.

Artículo 2. Legislación de la Federación de Rusia sobre secretos comerciales

       La legislación de la Federación de Rusia sobre secretos comerciales está compuesta por el Código Civil de la Federación de Rusia, esta Ley Federal y otras leyes federales.

Artículo 3. Conceptos básicos utilizados en esta Ley Federal

     Para los efectos de esta Ley Federal, se utilizan los siguientes conceptos básicos :
     1) secreto comercial — confidencialidad de la información, permitiendo a su titular, bajo circunstancias existentes o posibles, incrementar ingresos, evitar gastos injustificados, mantener una posición en el mercado de bienes, obras, servicios u obtener otros beneficios comerciales;
     2) información que constituya un secreto comercial, — información científica, técnica, tecnológica, productiva, financiera, económica o de otro tipo (incluidas las que constituyen secretos comerciales (know-how)), que tiene valor comercial real o potencial debido a su desconocimiento para terceros, a la que no hay libre acceso en una base jurídica y respecto de la cual el propietario de dicha información haya introducido un régimen de secreto comercial;
     3) régimen de secreto comercial — medidas legales, organizativas, técnicas y de otro tipo adoptadas por el propietario de la información que constituye un secreto comercial para proteger su confidencialidad;
     4) propietario de información que constituye un secreto comercial, — una persona que posee legalmente información que constituye un secreto comercial tiene acceso limitado a esta información y ha establecido un régimen de secreto comercial en relación con ella;
     5) acceso a información que constituya un secreto comercial, — familiarización de determinadas personas con información que constituya un secreto comercial, con el consentimiento de su propietario o sobre otra base legal, sujeto a mantener la confidencialidad de esta información;
     6) transferencia de información que constituya un secreto comercial, — transferencia de información que constituye un secreto comercial y registrada en un soporte tangible por su propietario a la contraparte sobre la base de un acuerdo en la medida y en los términos previstos en el acuerdo, incluida la condición de que la contraparte adopte las medidas establecidas en el acuerdo proteger su confidencialidad;
     7) contraparte — la parte del contrato civil a quien el propietario de la información que constituye un secreto comercial transfirió esta información;
     8) suministro de información que constituya un secreto comercial, — transferencia de información que constituya un secreto comercial y esté registrada en un soporte tangible por su propietario a órganos gubernamentales, otros órganos gubernamentales y órganos de gobiernos locales para el desempeño de sus funciones;
     9) divulgación de información que constituya un secreto comercial, — una acción o inacción como resultado de la cual información que constituye un secreto comercial, en cualquier forma posible (oral, escrita, otra forma, incluido el uso de medios técnicos), llega a ser conocida por terceros sin el consentimiento del propietario de dicha información o contrario a un contrato de trabajo o de derecho civil.

Artículo 4. Derecho a clasificar la información como información constitutiva de secreto comercial, y métodos para obtener dicha información

     1. El derecho a clasificar la información como información que constituye un secreto comercial y a determinar la lista y composición de dicha información pertenece al propietario de dicha información, teniendo en cuenta las disposiciones de esta Ley Federal.
     2. La información obtenida de forma independiente por una persona durante la realización de investigaciones, observaciones sistemáticas u otras actividades se considera obtenida de forma legal, a pesar de que el contenido de esta información pueda coincidir con el contenido de información que constituye un secreto comercial propiedad de otra persona.
     3. La información que constituye un secreto comercial recibida de su propietario en virtud de un contrato u otra base legal se considera obtenida de manera legal.
4. La información que constituye un secreto comercial, cuyo propietario es otra persona, se considera obtenida ilegalmente si su recepción se realizó superando deliberadamente las medidas tomadas por el propietario de la información que constituye un secreto comercial para proteger la confidencialidad de este. información, y también si la persona que recibe esta información sabía o tenía motivos suficientes para creer que esta información constituye un secreto comercial propiedad de otra persona, y que la persona que transmite esta información no tiene una base legal para transmitir esta información.

Artículo 5. Información que no puede constituir secreto comercial

     El régimen de secreto comercial no puede ser establecido por personas que se dediquen a actividades empresariales en relación con la siguiente información:
     1) contenida en el constituyente documentos de una entidad jurídica , documentos que confirmen el hecho de realizar inscripciones sobre personas jurídicas y empresarios individuales en los registros estatales pertinentes;
     2) contenidos en documentos que otorgan el derecho a realizar actividades empresariales;
     3) sobre la composición de la propiedad de una empresa unitaria estatal o municipal, institución estatal y sobre su uso de los fondos de los presupuestos pertinentes;
     4) sobre la contaminación ambiental, el estado de la seguridad contra incendios, las condiciones sanitario-epidemiológicas y de radiación, la seguridad alimentaria y otros factores que tienen un impacto negativo para garantizar el funcionamiento seguro de las instalaciones de producción, la seguridad. de cada ciudadano y la seguridad de la población en su conjunto;
     5) sobre el número, la composición de los empleados, el sistema de remuneración, las condiciones de trabajo, incluida la protección laboral, los indicadores de accidentes laborales y morbilidad ocupacional, y la disponibilidad de puestos de trabajo gratuitos;
     6) sobre la deuda de los empleadores en el pago de salarios y otras prestaciones sociales;
     7) sobre violaciones de la legislación de la Federación de Rusia y hechos del procesamiento por la comisión de estas violaciones;
     8) sobre las condiciones de los concursos o subastas para la privatización de bienes estatales o municipales;
     9) sobre el tamaño y estructura de los ingresos de las organizaciones sin fines de lucro, sobre el tamaño y composición de sus propiedades, sobre sus gastos, sobre el número y remuneración de sus empleados, sobre el uso del trabajo gratuito de los ciudadanos en las actividades de una organización sin fines de lucro;
     10) en la lista de personas que tienen derecho a actuar sin poder en nombre de una persona jurídica;
     11) cuya divulgación obligatoria o cuya inadmisibilidad de restringir el acceso esté establecida por otras leyes federales.

Artículo 6. Suministro de información constitutiva de secreto comercial

     1. El titular de información que constituye un secreto comercial, a petición motivada de una autoridad estatal, otro organismo estatal o un organismo de gobierno local, le proporciona información que constituye un secreto comercial de forma gratuita. Una solicitud motivada debe estar firmada por un funcionario autorizado, contener una indicación del propósito y base legal para solicitar información que constituye un secreto comercial, y el plazo para proporcionar esta información, a menos que las leyes federales establezcan lo contrario.
     2. Si el propietario de información que constituye un secreto comercial se niega a proporcionarla a un organismo gubernamental, otro organismo gubernamental o un organismo gubernamental local, estos organismos tienen derecho a solicitar esta información ante los tribunales.
     3. El propietario de la información que constituye un secreto comercial, así como las autoridades estatales, otros organismos estatales, los órganos de autogobierno local que hayan recibido dicha información de conformidad con la Parte 1 de este artículo, están obligados a proporcionar esta información a solicitud de los tribunales, fiscales, órganos de instrucción y órganos de investigación de los casos pendientes en sus procedimientos, en la forma y por los motivos previstos por la legislación de la Federación de Rusia.
4. Los documentos proporcionados a las autoridades especificadas en las partes 1 y 3 de este artículo y que contengan información que constituya un secreto comercial deberán llevar el sello «Secreto comercial» indicando su propietario (para personas jurídicas — nombre completo y ubicación, para empresarios individuales — apellido, nombre, patronímico de un ciudadano que es empresario individual y lugar de residencia).

Artículo 7. Derechos del titular de la información constitutiva de secreto comercial

     1. Los derechos del titular de la información que constituye un secreto comercial surgen desde el momento en que establece un régimen de secreto comercial en relación con dicha información de conformidad con el artículo 10 de esta Ley Federal.
     2. El titular de la información que constituye un secreto comercial tiene derecho:
     1) establecer, modificar y cancelar por escrito el régimen de secreto comercial de conformidad con esta Ley Federal y un acuerdo de derecho civil;
     2) utilizar información que constituya un secreto comercial para sus propias necesidades de una manera que no contradiga la legislación de la Federación de Rusia;
     3) permitir o denegar el acceso a información que constituya un secreto comercial, determinar el procedimiento y las condiciones para el acceso a esta información;
     4) introducir en la circulación civil información que constituya un secreto comercial sobre la base de acuerdos que prevean la inclusión de condiciones para proteger la confidencialidad de esta información;
     5) exigir a personas jurídicas y personas físicas que hayan obtenido acceso a información que constituya un secreto comercial, organismos gubernamentales, otros organismos gubernamentales, gobiernos locales a los que se haya proporcionado información que constituya un secreto comercial, cumplimiento de obligaciones de protección de su confidencialidad;
     6) exigir a las personas que hayan obtenido acceso a información que constituye un secreto comercial como resultado de acciones realizadas accidentalmente o por error, proteger la confidencialidad de esta información;
     7) proteger sus derechos de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley en caso de divulgación, recepción ilegal o uso ilegal por parte de terceros de información que constituya un secreto comercial, incluso exigiendo indemnización por las pérdidas causadas en relación con una violación de sus derechos.

Artículo 8. Titular de la información constitutiva de secreto comercial obtenida en el marco de relaciones laborales

     1. El propietario de la información que constituye un secreto comercial obtenida en el marco de las relaciones laborales es el empleador.
     2. Si un empleado, en relación con el desempeño de sus funciones laborales o de una asignación específica del empleador, obtiene un resultado susceptible de protección legal como invención, modelo de utilidad, diseño industrial, topología de un circuito integrado, programa para computadoras electrónicas. o una base de datos, la relación entre el empleado y el empleador se regula de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia sobre propiedad intelectual.

Artículo 9. El procedimiento para establecer un régimen de secreto comercial en la ejecución de un contrato gubernamental para necesidades estatales

     El contrato estatal para la realización de trabajos de investigación, desarrollo, tecnológicos o de otro tipo para las necesidades del estado federal o las necesidades de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia debe determinar También deben resolverse la cantidad de información reconocida como confidencial y las cuestiones relativas al establecimiento de un régimen de secreto comercial en relación con la información recibida.

Artículo 10. Protección de la confidencialidad de la información

     1. Las medidas para proteger la confidencialidad de la información tomadas por su propietario deben incluir:
     1) determinación de la lista de informaciones que constituyen un secreto comercial;
     2) limitar el acceso a la información que constituye un secreto comercial estableciendo un procedimiento para el tratamiento de esta información y supervisando el cumplimiento de dicho procedimiento;
     3) registro de las personas que obtuvieron acceso a información que constituye un secreto comercial, y (o) personas a quienes dicha información fue proporcionada o transferida;
     4) regulación de las relaciones relativas al uso de información que constituye un secreto comercial por parte de los empleados sobre la base de contratos de trabajo y contrapartes sobre la base de contratos de derecho civil;
     5) aplicar el sello «Secreto comercial» a soportes tangibles (documentos) que contengan información que constituya un secreto comercial. indicando el propietario de esta información (para personas jurídicas — nombre completo y ubicación, para empresarios individuales — apellido, nombre, patronímico de un ciudadano que es empresario individual y lugar de residencia).
     2. El régimen de secreto comercial se considera establecido después de que el propietario de la información que constituye un secreto comercial toma las medidas especificadas en la Parte 1 de este artículo.
     3. Un empresario individual que sea propietario de información que constituya un secreto comercial y no tenga empleados con los que se hayan celebrado contratos de trabajo, toma medidas para proteger la confidencialidad de la información especificada en la parte 1 de este artículo, con excepción de los párrafos 1 y 2. , así como lo dispuesto en el apartado 4 en materia de regulación de las relaciones laborales.
4. Junto con las medidas especificadas en la Parte 1 de este artículo, el propietario de la información que constituye un secreto comercial tiene derecho a utilizar, si es necesario, medios y métodos de protección técnica de la confidencialidad de esta información, y otras medidas que no contradigan las legislación de la Federación de Rusia.
     5. Las medidas para proteger la confidencialidad de la información se consideran razonablemente suficientes si:
     1) se excluye el acceso a información que constituya un secreto comercial por parte de cualquier persona sin el consentimiento de su propietario;
     2) es posible utilizar información que constituye un secreto comercial por parte de los empleados y transferirla a las contrapartes sin violar el régimen de secreto comercial.
6. El régimen de secreto comercial no puede utilizarse con fines que contradigan los requisitos de proteger los fundamentos del sistema constitucional, la moral, la salud, los derechos e intereses legítimos de otras personas, asegurando la defensa del país y la seguridad del Estado.

Artículo 11. Protección de la confidencialidad de la información en el marco de las relaciones laborales

  &nbsp ;  1. Para proteger la confidencialidad de la información, el empleador está obligado:
     1) familiarizar, contra recibo, a un empleado cuyo acceso a información que constituye un secreto comercial es necesario para el desempeño de sus funciones laborales, con una lista de información que constituye un secreto comercial, los propietarios de cuáles son el empleador y sus contrapartes;
     2) familiarizar al empleado, contra firma, con el régimen de secreto comercial establecido por el empleador y con las sanciones por violarlo;
     3) crear las condiciones necesarias para que el empleado cumpla con el régimen de secreto comercial establecido por el empleador.
     2. El acceso de un empleado a información que constituye un secreto comercial se realiza con su consentimiento, a menos que así lo establezcan sus funciones laborales.
     3. Para proteger la confidencialidad de la información, el empleado está obligado a:
     1) cumplir con el régimen de secreto comercial establecido por el empleador;
     2) no divulgar información que constituya un secreto comercial propiedad del empleador y sus contrapartes, y no utilizar esta información para fines personales sin su consentimiento;
     3) no revelar información que constituya un secreto comercial, cuyos poseedores sean el empleador y sus contrapartes, después de la terminación del contrato de trabajo dentro del plazo previsto en el contrato. entre el empleado y el empleador celebrado durante el período de validez del contrato de trabajo, o dentro de los tres años posteriores a la terminación del contrato de trabajo, si no se concluyó el acuerdo especificado;
     4) compensar el daño causado al empleador si el empleado es culpable de revelar información que constituye un secreto comercial que llegó a su conocimiento en relación con el desempeño de sus funciones laborales;
     5) transferir al empleador, al momento de la terminación o terminación del contrato de trabajo, los soportes materiales en uso del empleado que contengan información que constituya un secreto comercial.
4. El empleador tiene derecho a exigir una indemnización por los daños causados ​​por una persona que puso fin a su relación laboral si esta persona es culpable de revelar información que constituye un secreto comercial, a la que tuvo acceso en relación con el desempeño de sus funciones laborales, si el la divulgación de dicha información se realiza dentro del plazo establecido de conformidad con el párrafo 3 de la parte 3 de este artículo.
5. Los daños o perjuicios causados ​​no son indemnizados por el empleado o la persona que puso fin a la relación laboral si la revelación de información que constituye un secreto comercial fue el resultado de fuerza mayor, extrema necesidad o el incumplimiento por parte del empleador de la obligación de garantizar el secreto comercial. régimen.
6. Un contrato de trabajo con el director de una organización debe prever sus obligaciones de garantizar la protección de la confidencialidad de la información propiedad de la organización y sus contrapartes, y la responsabilidad de garantizar la protección de su confidencialidad.
     7. El jefe de la organización compensa a la organización por las pérdidas causadas por sus acciones culpables en relación con la violación de la legislación de la Federación de Rusia sobre secretos comerciales. En este caso, las pérdidas se determinan de conformidad con el derecho civil.
8. Un empleado tiene derecho a apelar ante los tribunales el establecimiento ilegal de un régimen de secreto comercial en relación con la información a la que tuvo acceso en relación con el desempeño de sus funciones laborales.

Artículo 12. Protección de la confidencialidad de la información en el marco de las relaciones jurídicas civiles

      1. La relación entre el propietario de la información que constituye un secreto comercial y su contraparte en términos de protección de la confidencialidad de la información está regulada por ley y acuerdo.
     2. El contrato debe definir las condiciones para proteger la confidencialidad de la información, incluso en caso de reorganización o liquidación de una de las partes del contrato de conformidad con el derecho civil, así como la obligación de la contraparte de compensar las pérdidas si divulga esta información. contrario al contrato.
     3. A menos que el acuerdo entre el propietario de la información que constituye un secreto comercial y la contraparte establezca lo contrario, la contraparte, de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, determina de forma independiente los métodos de protección de la información que constituye un secreto comercial que se le transfiere en virtud del acuerdo.
     4. La contraparte está obligada a informar inmediatamente al propietario de la información que constituye un secreto comercial sobre el hecho de la divulgación o amenaza de divulgación cometida por la contraparte o sobre el hecho de la amenaza de divulgación, recepción ilegal o uso ilegal de información que constituye un secreto comercial por parte de terceros. fiestas.
5. El propietario de la información que constituye un secreto comercial transferida por él a la contraparte, hasta la expiración del contrato, no puede revelar información que constituye un secreto comercial, así como rescindir unilateralmente la protección de su confidencialidad, a menos que el contrato disponga lo contrario.
6. Una parte que no haya garantizado, de conformidad con los términos del contrato, la confidencialidad de la información transferida en virtud del contrato, está obligada a compensar a la otra parte por las pérdidas, a menos que el contrato disponga lo contrario.

Artículo 13. Protección de la confidencialidad de la información cuando se proporciona

     1. Las autoridades estatales, otros órganos estatales, órganos de autogobierno local, de conformidad con esta Ley Federal y otras leyes federales, están obligados a crear condiciones que aseguren la protección de la confidencialidad de la información que les proporcionen las personas jurídicas o empresarios individuales.
     2. Los funcionarios de las autoridades estatales, otros organismos estatales, organismos de autogobierno local, empleados estatales o municipales de estos organismos, sin el consentimiento del propietario de la información que constituye un secreto comercial, no tienen derecho a revelar o transferir a otras personas, autoridades estatales, otros órganos estatales, órganos de autogobierno local información que se haya conocido en virtud del desempeño de funciones oficiales (oficiales), tienen información que constituye un secreto comercial, salvo en los casos previstos por esta Ley Federal, y tampoco tienen derecho utilizar esta información para beneficio personal u otros fines personales.
     3. En caso de violación de la confidencialidad de la información por parte de funcionarios de las autoridades estatales, otros órganos estatales, órganos de gobierno local, empleados estatales y municipales de estos órganos, estas personas son responsables de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia.

Artículo 14. Responsabilidad por violación a esta Ley Federal

    &nbsp ; 1. La violación de esta Ley Federal conlleva responsabilidad disciplinaria, civil, administrativa o penal de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia.
     2. Un empleado que, en relación con el desempeño de sus funciones laborales, haya tenido acceso a información que constituya un secreto comercial, cuyos propietarios son el empleador y sus contrapartes, en caso de divulgación intencional o negligente de esta información en ausencia de corpus delicti en las acciones de dicho empleado, asume la responsabilidad disciplinaria de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia.
     3. Las autoridades estatales, otros órganos estatales, órganos de gobierno local que han tenido acceso a información que constituye un secreto comercial asumen responsabilidad civil ante el propietario de la información que constituye un secreto comercial por la divulgación o el uso ilegal de esta información por parte de sus funcionarios, empleados estatales o municipales. de dichas personas a los que se dio a conocer en relación con el desempeño de sus funciones oficiales (oficiales).
4. Una persona que utilizó información que constituía un secreto comercial y no tenía motivos suficientes para considerar ilegal el uso de esta información, incluido el acceso a ella como resultado de un accidente o error, no puede ser considerada responsable de conformidad con esta Ley Federal.
5. A solicitud del propietario de información que constituya un secreto comercial, la persona especificada en la Parte 4 de este artículo está obligada a tomar medidas para proteger la confidencialidad de la información. Si dicha persona se niega a tomar estas medidas, el propietario de la información que constituye un secreto comercial tiene derecho a exigir la protección de sus derechos ante los tribunales.

Artículo 15. Responsabilidad por no proporcionar a las autoridades estatales, otros organismos estatales y gobiernos locales información que constituya un secreto comercial

     Incumplimiento por parte del propietario de la información que constituye un secreto comercial de los requisitos legales de las autoridades estatales, otros organismos estatales y gobiernos locales para proporcionarles información que constituya un secreto comercial, así como impedir que los funcionarios de estos órganos reciban dicha información conlleva responsabilidad de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia.

Artículo 16. Disposiciones transitorias

     Las marcas aplicadas antes a la entrada en vigor de esta Ley Federal en soportes tangibles e indicando el contenido de la información que en ellos constituye un secreto comercial, permanecerán en vigor siempre que las medidas para proteger la confidencialidad de esta información se ajusten a los requisitos de esta Ley Federal.
 

Presidente
de la Federación de Rusia
V. PUTIN

 

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