Examen psicofisiológico forense mediante polígrafo: el período de formación.

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Examen psicofisiológico forense mediante polígrafo : período de formación.

Yu. I. Kholodny
Doctor en Derecho, Candidato de Ciencias Psicológicas (Universidad Técnica Superior Bauman de Moscú)

Fuente: Boletín de Criminalística (número 25, 29)

Hace quince años, en marzo de 1993, se aprobó el uso de entrevistas con polígrafo (en adelante, OIP) para su uso en actividades de investigación operativa (en adelante, ORD) en el territorio de la Federación de Rusia.

Durante los últimos años, El método OIP ha entrado con confianza en el arsenal de herramientas forenses nacionales y el uso del polígrafo en la práctica policial crece constantemente de año en año.

Una confirmación convincente de esto es la revisión «Generalización de la práctica de utilizar las capacidades del polígrafo en la investigación de delitos», preparada a finales de 2005 por el Departamento de Ciencias Forenses del Departamento Principal de Investigación de la Fiscalía General de la República. Federación de Rusia (en adelante, — Código Penal de la Dirección Estatal de Investigación de la Fiscalía Civil de la Federación de Rusia).

En 2001, la fiscalía militar inició por primera vez la conducta de un DPI en forma de examen psicofisiológico forense (en adelante — SPfE), rompiendo el punto de vista establecido de que este método es aplicable exclusivamente con fines de investigación operativa y los resultados del DPI no pueden servir como prueba en el caso.

A principios de 2008, ya se conocían decenas de casos en los que los resultados de los DPI, ejecutados en forma de SPfE, fueron reconocidos como prueba por los tribunales de diversas instancias, incluidos — colegio militar y colegio penal del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia.

Realización de encuestas utilizando un polígrafo en forma de examen: cuestiones que requieren resolución

Junto con los éxitos evidentes en el uso del polígrafo, cabe señalar que muchas cuestiones de carácter jurídico, metodológico, técnico y de otro tipo relacionadas con la aplicación de los derechos de propiedad intelectual en condiciones procesales claramente no están suficientemente desarrolladas.

En este sentido, para muchos examinadores de polígrafo fue una aparición inesperada en la primavera de 2004

“Los requisitos estatales sobre el contenido mínimo y el nivel de requisitos para que los especialistas obtengan calificaciones adicionales «Experto forense para realizar investigación psicofisiológica utilizando un polígrafo»”, aprobado por el Ministerio de Educación de la Federación Rusa.

Los «requisitos estatales» se complementaron con el «Programa educativo profesional adicional aproximado para la reconversión profesional de especialistas para obtener calificaciones adicionales «Experto forense para realizar investigaciones psicofisiológicas utilizando un polígrafo»» volumen de 1078 horas, recomendado para su implementación en la práctica por la Asociación Educativa y Metodológica de Instituciones Educativas de Educación Profesional en el campo del examen forense (en adelante — UMO SE).

Poco después del “Programa educativo profesional adicional ejemplar” antes mencionado, un grupo de autores preparó un “Programa educativo profesional adicional ejemplar para la reentrenamiento de especialistas para realizar un nuevo tipo de actividad profesional — realización de un estudio psicofisiológico mediante un polígrafo» (volumen de 560 horas de intensidad laboral).

En el verano de 2005, el programa fue aprobado por la ECC del Ministerio del Interior de Rusia y recomendado para implementación por parte del Consejo1 de la UMO SE.

En desarrollo de los “Requisitos estatales…” antes mencionados También se desarrolló una “metodología experta específica de cada especie para realizar investigaciones psicofisiológicas utilizando un polígrafo”.

La aparición de los documentos enumerados anteriormente llevó lógicamente a la idea de que ya se había resuelto con éxito una extensa lista de cuestiones legales, metodológicas y de otro tipo y que había llegado el momento de comenzar la formación a gran escala de expertos forenses en esta especialidad, que practica la aplicación de la ley. de hecho, lo necesita urgentemente.

El Consejo Federal Interdepartamental de Coordinación y Metodología para el Examen Forense y la Investigación Pericial (en adelante, FCMMS) llamó rápidamente la atención sobre el surgimiento de los actos legales reglamentarios antes mencionados. en el período 2004-2005. Consideró repetidamente el “problema de realizar investigaciones utilizando un polígrafo”.

En 2006, se celebró una reunión del grupo de trabajo de la sección especializada del FMCMS sobre temas de actualidad de los exámenes forenses, forenses, psiquiátricos y psicológicos forenses, dedicada a la generalización de los métodos departamentales para la realización de exámenes psicofisiológicos forenses mediante polígrafo.

La reunión llegó a la conclusión de que “podemos estar de acuerdo en que la práctica de estos estudios es aceptable en el marco de la ORD… (siempre que se realicen las adiciones apropiadas a la legislación sobre actividad operativa). En cuanto a la posibilidad de su uso como evidencia forense, este problema necesita estudio adicional”.

En un mayor desarrollo de las conclusiones del grupo de trabajo, el FCMMS instruyó al autor de este artículo a “crear un grupo de trabajo especial grupo sobre los problemas de la realización de investigaciones utilizando el polígrafo, en particular, para determinar el tema, el objeto y los objetivos del estudio, para considerar el programa de capacitación para examinadores de polígrafo.»

Habiendo tomado esta decisión, el FCMMS de hecho declaró que las disposiciones básicas de la “investigación utilizando un polígrafo” — su sujeto y objeto, sus tareas — Actualmente no tienen una interpretación generalmente aceptada y, como consecuencia de esto, la tecnología para la formación de especialistas en EIP, presentada en las regulaciones antes mencionadas, requiere una reevaluación crítica.

En relación con Lo anterior, intentaremos dar respuesta a las preguntas planteadas por FMCMS.

Observaciones introductorias

OPI — Se trata de una tecnología no traumática e inofensiva para la vida y la salud para entrevistar a una persona, organizada mediante métodos especiales, utilizando el control y la evaluación de reacciones fisiológicas, que se registran mediante sensores poligráficos colocados en el cuerpo del encuestado.

La parte más importante del PII, su núcleo es un proceso psicológico y psicofisiológico complejo — conversación previa a la prueba con la persona entrevistada y su posterior prueba poligráfica (en adelante — TnP).

En nuestros trabajos anteriores se demostró que OIP — Se trata de un estudio forense destinado a detectar la presencia (o ausencia) de huellas ideales (imágenes mentales) de eventos en la memoria de una persona7.

La memoria humana es una formación compleja, que es un conjunto de procesos estrechamente interrelacionados que aseguran la percepción, impresión, almacenamiento y recuperación de información.

Los eventos personalmente significativos se recuerdan (se graban en la memoria) mucho más rápido y se retienen por más tiempo que los subjetivamente insignificantes. La memorización puede ser voluntaria o involuntaria.

La memorización de material rutinario (por ejemplo, educativo) se lleva a cabo de forma voluntaria y requiere esfuerzos volitivos.

Los acontecimientos o fenómenos brillantes e impresionantes (por ejemplo, la presencia de un testigo en la escena del crimen) se recuerdan involuntariamente y, como atestigua la psicofisiología moderna, se almacenan en la llamada memoria emocional.

La memoria también es propensa al olvido — pérdida temporal (cuando una persona necesita que le recuerden algún elemento de información para reproducirla) o pérdida permanente de información (cuando el cerebro “perdió” el camino para buscar información en la memoria o la información fue destruida como resultado de un largo ausencia de acceso a él).

Una propiedad importante de las huellas ideales almacenadas en la memoria humana es que están sujetas únicamente a la destrucción natural (olvidando ciertos hechos o sus circunstancias), pero no son accesibles a su destrucción intencional. : una persona no es capaz de olvidar cierta información intencionalmente.

La información más significativa personalmente para una persona (por ejemplo, su participación en un delito o algunas circunstancias de este delito que atrajeron su atención) puede almacenarse en la memoria emocional contra su voluntad y deseo durante décadas.

La efectividad de la aplicación se basa en este método de DPI en la práctica policial.

La extensa práctica extranjera del uso del polígrafo, la experiencia de muchos años del autor de este artículo en la realización de DPI en personas de diversas categorías y la investigación teórica y experimental que llevó a cabo llevaron a la idea de que el conocimiento científico y aplicado sobre la identificación de información que puede ser oculto por una persona usando un polígrafo forma una nueva dirección tecnología forense — estudios de diagnóstico forense utilizando un polígrafo.

Cabe señalar que en la etapa inicial la nueva dirección de la tecnología forense se llamó poligrafía forense.

Este nombre une todo el conocimiento sobre varias formas particulares del método psicofisiológico de “detección de mentiras”, basado en principios metodológicos muy diferentes para detectar rastros ideales en la memoria humana y utilizando diversos hardware y software para este propósito.

Posteriormente, el autor de este artículo se alejó de la terminología especificada por considerarla inadecuada y demasiado amplia.

Actualmente, el nombre más apropiado para los temas que cubren aspectos teóricos y aplicados de la PII parece ser — estudios de diagnóstico forense utilizando un polígrafo.

Una de las tareas urgentes en el desarrollo de una nueva dirección de la tecnología forense en la etapa actual — introducir el método IIP en la práctica del examen forense.

En los últimos años, el examen forense se ha enriquecido con los trabajos teóricos y aplicados de T.V. Averyanova, A.M Zinin y N.P. Mailis, E.R. Rossiyskaya y otros especialistas que presentaron de manera convincente el nivel de logros de esta rama del conocimiento en la etapa actual de desarrollo.

Por lo tanto, en un esfuerzo por determinar el tema, el objeto y las tareas de la SPFE, utilizaremos los conceptos, definiciones y disposiciones que se han convertido en libros de texto en el examen forense nacional moderno, y consideraremos la EIP desde el punto de vista del aparato categórico de esta ciencia y la teoría de la investigación de diagnóstico forense.

El tema del examen psicofisiológico forense mediante un polígrafo

Según E. R. Rossinskaya, “el tema del examen forense consiste en datos fácticos (circunstancias del caso), examinados y establecidos en procedimientos civiles, administrativos, penales y constitucionales sobre la base de conocimientos especiales en diversos campos de la ciencia y la tecnología, el arte y artesanía.”

T. V. Averyanova define el tema del examen forense como “el establecimiento de hechos (datos fácticos), juicios sobre el hecho que son relevantes para casos penales, civiles, de arbitraje o casos de infracciones administrativas, mediante el examen de objetos de examen que son portadores materiales de información. sobre el evento ocurrido”.

La interpretación del tema del examen permanece, en principio, sin cambios cuando se trata de estudios periciales de la psique humana, que abarcan los exámenes psicológicos forenses y psiquiátricos forenses, que en el caso de La clasificación general de las ciencias expertas pertenecen a la misma clase y se consideran disciplinas expertas genéricas limítrofes.

Esto está determinado por el enfoque unificado de estas ciencias en el estudio de las características del funcionamiento mental humano.

Sobre la misma base, se incluye un examen psicológico y psiquiátrico forense integral, derivado de exámenes básicos genéricos. esta clase.

Por lo tanto, según I. A. Kudryavtsev, “un sujeto de la clase… de los tres exámenes tiene como objetivo establecer la influencia de las características del estado mental y de la personalidad en la calidad de la reflexión y regulación del comportamiento jurídicamente significativo de una persona (sujeto al perito) en el momento de interés para el investigador (tribunal).

Un punto de vista similar lo sostienen, en particular, O. D. Sitkovskaya y sus coautores, quienes señalan que el tema de un examen psicológico forense “son los componentes de la actividad mental (psique) en su integridad y unidad, establecidos en la base de un estudio de la actividad mental de una persona y que tiene importancia para las autoridades judiciales.»

La OIP se dedica al estudio de las huellas ideales de acontecimientos pasados ​​almacenados en la memoria humana o, en sentido figurado, — “traceología virtual”.

Por lo tanto, el tema de SPFE debe tener las características tanto del sujeto de examen, que estudia los objetos materiales, como del sujeto de examen, que estudia la psique humana.

Por lo tanto, siguiendo las opiniones de los científicos descritas anteriormente y proyectando su posición sobre el tema del examen en la aplicación del método DPI de esta forma, podemos afirmar que el tema del SPFE es el establecimiento de datos fácticos que sean relevantes para un delito. caso, a través del estudio de los componentes de la psique humana, en particular &# 8212; su memoria.

El tema de un examen específico es “el establecimiento de los mismos datos fácticos discutidos anteriormente, pero a diferencia de sus características generales, aquí se indican datos específicos determinados por el contenido de un caso penal en particular”, o, en otras palabras, que “ tarea pericial que el perito ha de resolver en el curso y de acuerdo con los resultados del estudio basándose en la cantidad adecuada de conocimientos especiales utilizando los medios y métodos a su alcance.»

En lo que respecta al examen psicológico forense , F. S. Safuanov afirma que en cada caso específico «el tema La investigación de un experto en psicólogo forense revela patrones y características del flujo y la estructura de los procesos mentales (actividad mental), que tienen importancia jurídica y conllevan determinadas consecuencias jurídicas». p>

Siguiendo el enfoque que hemos elegido, llegamos a la conclusión de que el tema de un SPFE específico es el establecimiento de datos fácticos que sean de interés para un caso penal específico y formulados en forma de preguntas específicas que el examinador del polígrafo deberá responder. como resultado de la investigación durante el DPI de la memoria de una persona específica (experto).

Interrogatorio utilizando un polígrafo como método de diagnóstico forense

Teniendo en cuenta que la EIP se ocupa de huellas ideales de acontecimientos pasados, que fundamentalmente no están sujetas a identificación, resulta obvio que durante la SPFE sólo se pueden realizar estudios de diagnóstico.

Por lo tanto, es necesario examinar cuidadosamente considere la tecnología del uso de un polígrafo desde el punto de vista de la teoría del diagnóstico forense21, y la prioridad en esto pertenece a V. S. Mitrichev.

En general, se acepta que los estudios de diagnóstico forense tienen como objetivo establecer los estados de los objetos, conocimiento de eventos, fenómenos y procesos.

También se sabe que los objetos del diagnóstico forense, según su papel en el proceso de diagnóstico, se dividen en dos clases — diagnosticable y diagnosticante. Se asumió que el “objeto diagnosticado — esta es una condición establecida (objeto, situación).”

En general, “diagnosticable es lo que necesita ser reconocido (propiedad, estado, otras características similares, mecanismos); diagnosticar — rastros materiales (signos) de un evento delictivo, que muestran características, características y mecanismos reconocibles externamente.»

Las disposiciones especificadas permitieron determinar los objetos del proceso de diagnóstico al realizar una prueba de polígrafo en una persona.

Entonces, los eventos (fenómenos, objetos, objetos) del mundo exterior son percibidos por una persona a través de varios sentidos y quedan grabados en su memoria en forma de ciertas imágenes, independientemente de qué analizador fueron percibidos. .

En particular, la información percibida visualmente como resultado de la actividad de varias estructuras cerebrales se transforma en la actividad combinada de muchas neuronas, que forman un rastro neuronal de un evento en forma de engrama (es decir, un rastro de memoria formado como resultado de recibir alguna información).

Este reflejo neurofisiológico de un evento externo específico aparece en la mente humana como una imagen de este evento.

Posteriormente, al extraer información de la memoria, se puede suponer (con ciertas reservas y de manera bastante condicional) que una persona “lee” una imagen visual de la memoria, recreándola utilizando el habla o el modelo oral o escrito (por ejemplo, representándola en un dibujo). ).

Si alguna información llega a través de un analizador auditivo, entonces, en principio, ocurre el mismo proceso: la psique humana, procesando material verbal, extrae significado de él, significado y lo almacena en la forma correspondiente. rastros de memoria (engramas).

Para ver las particularidades de los objetos del proceso de diagnóstico involucrados en el TnP, usaremos el ejemplo de un DPI real, realizado con el fin de buscar a la persona anónima que realizó la llamada telefónica.

En los cuestionarios que se presentan a continuación se subrayan las señales de la llamada telefónica realizada, mediante las cuales se quería identificar a la persona buscada.

La persona que realizaba la llamada sabía dónde, cuándo y dónde llamaba, por lo que. las preguntas subrayadas eran de gran importancia para él y le provocaban reacciones fisiológicas estables y pronunciadas.

Para otras personas sometidas a TnP y no involucradas en esta convocatoria, las preguntas subrayadas no tenían tanta importancia y no surgieron reacciones expresadas estables a ellas.

Cuestionario 1

Usted tiene conocimiento de que se realizó una conversación telefónica que implicó la transferencia de información confidencial:

1. ¿desde la recepción del director general?
2. ¿desde el departamento de contabilidad de la empresa?
3. ¿desde la sala de los oficiales de seguridad?
4. ¿desde la sala de los despachadores?
5. ¿del taller de la empresa?
6. ¿del departamento analítico de la empresa?

Cuestionario 2

Usted sabe que tuvo lugar una conversación telefónica que implicó la transferencia de información confidencial:

1. ¿23 de mayo?
2. ¿25 de mayo?
3. ¿27 de mayo?
4. ¿29 de mayo?
5. ¿31 de mayo?
6. ¿1 de junio?

Cuestionario 3

¿Sabe que el empleado que proporcionó información confidencial llamó:

1. 121-30-20?
2. 131-40-50?
3. 141-60-70?
4. 151-80-90?
5. 161-10-80?
6. 171-70-40?

Los cuestionarios anteriores indican que los objetos diagnosticados con los que uno tiene que lidiar durante la TnP son rastros ideales de eventos ocurridos anteriormente, y para buscar estos rastros en la memoria de una persona con fines de diagnóstico, se puede utilizar lo siguiente:

&#8212 ; artículos — en el caso de percepción visual (presentación de fotografías de personas, objetos o zonas de la zona, objetos, mapas, diagramas, documentos, números de teléfono, direcciones, etc. escritos en tarjetas);

— conceptos semánticos — en el caso de la percepción auditiva (preguntas de prueba, cada una de las cuales cubre un elemento, circunstancia o característica separada de un evento).

Los cuestionarios indican que en el caso de acceder a la memoria de una persona durante la TnP con la ayuda de un objeto de diagnóstico destinado a buscar rastros de un evento criminalmente relevante (caracterizado por un concepto semántico que describe este evento o algunas de sus circunstancias), su psique percibe este impacto y reacciona ante él.

Si tal apelación a la memoria ocurre metódicamente y correctamente, y una persona oculta un acto criminalmente relevante, que obviamente es muy significativo para él, el objeto de diagnóstico se encuentra con el objeto diagnosticado correspondiente y se comparan sus contenidos (significado).

El resultado de tal comparación (así como los objetos mismos) es de naturaleza ideal (“virtual”) y no puede observarse ni evaluarse directamente desde el exterior.

Al mismo tiempo, la obtención de este resultado va acompañada de un aumento de la actividad neuronal de las estructuras cerebrales implicadas en este proceso y, como consecuencia, — El polígrafo registra reacciones fisiológicas más pronunciadas en una persona, que aparecen independientemente de su voluntad y deseo e indican la presencia en la memoria de un rastro ideal de un acto criminalmente relevante.

Si el acceso a la memoria se realiza de manera metódica y correcta, pero la persona no está involucrada en el acto criminal relevante que se está estableciendo y no oculta nada al respecto durante el TnP, el objeto de diagnóstico no encuentra el objeto diagnosticado correspondiente.

Como resultado, las estructuras neuronales del cerebro que participan en este proceso no reciben activación adicional y el polígrafo no registra reacciones fisiológicas pronunciadas cuando se presenta un objeto de diagnóstico a una persona.

La condición Para lograr un acceso metódicamente correcto a la memoria de una persona se requiere un estricto cumplimiento de las normas y reglas para el cumplimiento de las especificaciones técnicas, así como de toda la tecnología que se ocupa de los derechos de propiedad intelectual.

En el caso de un acceso metódicamente incorrecto a la memoria de una persona, el polígrafo puede registrar reacciones que no están asociadas con las huellas ideales deseadas de eventos pasados ​​y, como consecuencia de esto, el examinador del polígrafo llegará a un juicio erróneo basado en los resultados del IPR.

La tecnología IPR ha obligado a los nuevos a evaluar el contenido de los conceptos “objeto diagnosticado” y “objeto de diagnóstico” en relación con el diagnóstico de trazas ideales y ha proporcionado la base para dos conclusiones.

El primero de ellos se refiere a la naturaleza de los objetos de diagnóstico.

Una amplia práctica en materia de derechos de propiedad intelectual ha demostrado claramente que los objetos intangibles pueden actuar como objetos de diagnóstico — conceptos semánticos.

Debido al hecho de que el objeto que contiene la huella sobre el evento de un crimen (delito) es la psique humana, más precisamente, su memoria, el objeto de diagnóstico puede ser cualquier material o «ideal». ”objeto que puede generar una imagen diagnóstica adecuada.

Como muestra el ejemplo anterior, las circunstancias del delito — “el garaje de la empresa”, al ser, sin duda, un objeto material, aparece en el cuestionario en forma de concepto semántico.

Los números de teléfono, al ser conceptos semánticos indirectos, aparecen durante el TnP en forma de objetos materiales -tarjetas, pero al final también generan un cierto concepto semántico en la psique humana.

La fecha del crimen (29 de mayo) y otras fechas son conceptos puramente semánticos, “objetos ideales” tanto en la vida real y en las condiciones de los bienes de consumo.

Así, antes de la aparición de la PII en criminología, sólo se consideraban diagnósticos los “signos que se reflejan en forma material”. estado, propiedades del objeto, mecanismo del incidente”25 y un grupo “virtual” de objetos de diagnóstico — conceptos semánticos — no existía.

La aparición de un grupo de objetos de diagnóstico “virtuales” fue bastante natural, dado que los objetos que se diagnostican son “huellas ideales” de eventos pasados.
La segunda conclusión es la siguiente.

La práctica ha demostrado que los apellidos, apodos de personas, direcciones, nombres de asentamientos y regiones, nombres de acciones y mucho más pueden servir como conceptos semánticos utilizados en el proceso de bienes de consumo.

Esto lleva lógicamente a la idea de que no sólo los objetos diagnosticables, sino también los objetos diagnosticables pueden ser conceptos semánticos grabados en la memoria humana, que caracterizan inequívocamente eventos y fenómenos del mundo exterior.

A tal comprensión de los objetos diagnosticados estuvo casi cerca V. A. Snetkov, quien señaló que estos podrían ser “mapeos — tanto material (real) como ideal (impreso en la mente de las personas)”, sin embargo, se limitó a esto y no desarrolló más esta idea.

Objeto de examen psicofisiológico forense utilizando un polígrafo

Teniendo en cuenta los principios básicos de la teoría del diagnóstico forense expuestos anteriormente, consideremos el objeto SPFE.

Objeto de investigación de expertos — este es un objeto material que contiene información necesaria para resolver un problema de experto.

Esta comprensión del objeto de investigación de expertos, establecida por R. S. Belkin, se ha vuelto generalmente aceptada y no depende de la edición específica del definición de este concepto dada por ciertos científicos.

Por ejemplo, Yu. K. Orlov considera que los objetos de la investigación pericial son «aquellos medios que están sujetos a la investigación pericial y a través de los cuales el experto conoce las circunstancias incluidas en el tema del examen». A. M. Zinin y N. P. Mailis destacan el “objeto general del examen forense — un portador material de información sobre hechos de interés para la investigación y el tribunal, examinado en el marco del examen como medio de prueba…

El objeto específico del examen forense — un objeto definido individualmente presentado para su examen en un caso específico.”

En relación con el examen psicológico forense, F. S. Safuanov define como objeto de estudio de un psicólogo forense «las características de la actividad mental del sujeto en situaciones jurídicamente significativas».

Dada la urgente necesidad de formar una categoría aparatos de la SPFE, recientemente se ha intentado caracterizar el objeto de la investigación pericial mediante un polígrafo.

En particular, se afirmó que “el objeto de la investigación pericial, en un sentido amplio, son las manifestaciones fisiológicas del curso de los procesos mentales asociados a la percepción, consolidación, preservación y posterior reproducción por parte del sujeto de información sobre cualquier evento”.

Dejando de lado la pregunta de por qué el autor de esta definición consideró las cuestiones de la investigación experta utilizando un polígrafo en el capítulo dedicado a las tácticas de interrogatorio y confrontación, prestemos atención a la interpretación del objeto de SPFE.

Tengamos en cuenta que al realizar TnP, el examinador del polígrafo no está interesado en el curso de los procesos mentales asociados con la percepción, consolidación y posterior reproducción por parte del sujeto de información sobre algún evento.

Cómo “percepción” y , especialmente, la “consolidación” procede «La información de interés para la investigación en cada caso específico está actualmente más allá de las capacidades de observación y control objetivo (hardware).

Del mismo modo, los procesos mentales asociados con la “consolidación” posterior reproducción por parte del sujeto de información sobre cualquier evento.»

El examinador del polígrafo está interesado en otra cosa: la presencia (o ausencia) en la memoria de una persona en particular de rastros ideales de eventos pasados ​​que son de interés para la investigación y el tribunal. Al diagnosticar la presencia (ausencia) de tales rastros, el polígrafo utiliza reacciones fisiológicas humanas como indicador del éxito del proceso de diagnóstico.

Al mismo tiempo, es de fundamental importancia señalar que las «manifestaciones fisiológicas» (es decir, reacciones registradas mediante un polígrafo) no son «un objeto de investigación de expertos», sino su herramienta, un medio para visualizar la dinámica de la actividad mental de una persona. al estudiar su memoria.

Así, el objeto del SPFE, en un sentido amplio, es la memoria de una persona como parte integral de su psique, y el objeto del SPFE específico — la memoria de una persona enviada para realizar un examen de un caso específico, así como los materiales de este caso.

Según el tipo de soporte de información, los objetos de la investigación forense pericial se dividen en objetos-objetos y objetos de visualización.

Estos últimos incluyen objetos materiales en los que, como resultado del proceso de formación de huellas, entendidos en en el sentido amplio de la palabra, se muestra información sobre otro objeto, evento o fenómeno.

Obviamente, los objetos SPFE deben clasificarse como objetos de reflexión.

El uso del polígrafo encuestas en la resolución e investigación de delitos

La necesidad de utilizar entrevistas con un polígrafo (en adelante, EIP) al resolver e investigar delitos no surge en todos los casos.

Al mismo tiempo, el uso de un polígrafo depende de una serie de factores y, en general, está determinada por la situación investigativa, es decir, “las condiciones en las que actualmente se investiga el delito”. Es evidente que cada uno de los PII tiene un carácter único e irrepetible.

Según los especialistas en derechos de propiedad intelectual (en adelante, examinadores de polígrafo) del Departamento de Defensa de Estados Unidos, a principios de los años 80. las autoridades de investigación de las fuerzas armadas de este país utilizaron el polígrafo en el 17-19% de las investigaciones penales en curso (alrededor de 7.000 IIP al año).

Un porcentaje tan bajo indica un enfoque diferenciado en la aplicación de este método .

En situaciones de investigación relativamente simples, los órganos de instrucción e investigación se las arreglan con bastante éxito sin un polígrafo, utilizando métodos y medios tradicionales de investigación de delitos. Sin embargo, el polígrafo se utiliza en el 95% de las investigaciones penales por delitos especialmente graves, cuyas penas incluyen penas de 15 años o más.

Basado en su propia experiencia de muchos años en la realización de IIP en diversas situaciones de actividades de investigación operativa (en adelante, ORD), así como en los resultados de un análisis realizado de la práctica nacional y extranjera del uso del polígrafo, el autor de este artículo a principios de los años 1980-1990. estableció tres grupos de situaciones en las que el uso de un polígrafo es especialmente efectivo y es indispensable para obtener la información necesaria para las investigaciones e investigaciones operativas.

El primer grupo incluye situaciones “cuando es completamente imposible obtener la información requerida sin pasar por alto a una persona específica (por ejemplo, cuando el evento de interés para la investigación & # 8230; bajo ninguna circunstancia puede ser confirmado/refutado/por documentos u otras personas).”

Al segundo — situaciones en las que “obtener la información necesaria es posible sin un polígrafo, pero está asociado con enormes costos de recursos materiales y/o tiempo, o requiere la participación de un número importante de personas”.

Finalmente, el El tercer grupo incluye situaciones en las que “se requiere urgentemente obtener la información necesaria (en uno o dos días o en cuestión de horas) y ningún
otro — excepto OIP — el método no puede proporcionar la velocidad requerida (una situación que se encuentra frecuentemente durante las investigaciones y procedimientos oficiales)”.

El uso del polígrafo en los tres grupos de situaciones identificados tiene como objetivo diagnosticar la presencia en la memoria de una persona de rastros ideales de eventos pasados: la DPI se lleva a cabo en condiciones en las que, en una determinada etapa de la investigación, el investigador ha agotado las posibilidades. posibilidades de obtener la información necesaria o verificar su confiabilidad, o cuando el investigador se enfrenta a una oposición manifiesta o velada a la verdad establecida por parte de quien porta la información necesaria para la investigación.

Por tanto, lo óptimo es recurrir a la ayuda de un polígrafo en los casos en que las autoridades de búsqueda, indagación o investigación no dispongan de otra — además de OIP, la capacidad de evaluar la confiabilidad de la información proporcionada por una persona específica y asegurarse de que la materialización de las imágenes almacenadas en su memoria se lleve a cabo por ella sin distorsión intencional.

Es fácil Obsérvese que el tercer grupo incluye situaciones de actividades operativas de inteligencia, que a menudo se desarrollan en condiciones de evidente falta de tiempo.

Está claro que en tales situaciones es muy difícil crear las condiciones necesarias para realizar una PII en forma de examen psicofisiológico forense (en adelante — SPfE).

Realización de una PII en forma de La creación de un SPfE es bastante factible en situaciones clasificadas como del segundo grupo, en las que, sin embargo, se debe dar preferencia a los exámenes forenses tradicionales que se ocupan de huellas materialmente fijadas de delitos.

Por lo tanto, el área de aplicación más preferible del IIP en forma de SPfE es el primer grupo de situaciones en las que la única fuente de información necesaria para la investigación es la memoria de la persona examinada mediante un polígrafo.

Las pruebas de polígrafo se han utilizado durante más de 80 años.

A lo largo de estos años, la práctica mundial ha determinado una lista de situaciones típicas de uso de un polígrafo para resolver e investigar delitos, y esta lista se reflejó en el primer acto jurídico interno (1993), que legalizó el uso de los DPI en el territorio de la Federación de Rusia.

En 1997, las «Instrucciones sobre el procedimiento para el uso de entrevistas mediante polígrafo por parte de las agencias del servicio federal de seguridad», acordadas con la Fiscalía General, los Ministerios de Salud y Justicia de la Federación de Rusia, establecían directamente que «la realización de una prueba de DPI en las condiciones del trabajo de investigación operativa contribuye a:

a) evaluar la confiabilidad de la información proporcionada por la persona entrevistada;
b) obtener de la persona entrevistada datos fácticos que son importantes para la implementación oportuna de determinadas actividades de búsqueda operativa;
c) identificar la participación del entrevistado en actos ilícitos que se estén preparando, cometiendo o cometiendo;
d) estrechar el círculo de personas. cayó en el ámbito de las actividades de investigación operativa”.

El sistema existente de tareas que debían resolverse con la ayuda de un polígrafo en las condiciones de una investigación operativa tuvo un impacto inevitable en la formulación de preguntas que , en los últimos años se empezó a plantear la práctica a un examinador de polígrafo al realizar SPFE

.Para determinar cuáles son las tareas del SPFE y evaluar cuán correcta y razonablemente se plantean ciertas preguntas antes de un examen específico realizado con un polígrafo, parece apropiado recordar brevemente algunas disposiciones básicas de la teoría de los exámenes forenses.

Manteniendo nuestro enfoque anterior favorito, utilizaremos conceptos y definiciones que, gracias al trabajo de los principales científicos y especialistas nacionales en este campo, ahora se han convertido en un libro de texto.

Experto tareas: disposiciones básicas

Según ideas establecidas, “la investigación forense está asociada a la identificación y estudio de las propiedades y características de los objetos que, como resultado de la actividad sustantiva, práctica y cognitiva, permiten establecer algunos hechos ocurridos previamente u otros fragmentos de la realidad. .”

Como señalamos en nuestro artículo anterior37, el método IIP trata con huellas ideales de eventos pasados, posiblemente almacenados en la memoria humana, que fundamentalmente no están sujetos a identificación.

En este sentido, dejando de lado las de identificación, nos centraremos exclusivamente en las tareas de diagnóstico experto, que consisten “en identificar: el mecanismo de un evento, tiempo, método y secuencia de acción, eventos, fenómenos… que no son susceptibles de dirección directa”. percepción.”

Las tareas de diagnóstico experto se dividen en simples y complejas según el grado de complejidad.

El primero, en particular, incluye estudios de diagnóstico de las propiedades y estados de los objetos basándose en su visualización, incluyendo — en el momento en que ocurren estas visualizaciones.

Las tareas de diagnóstico complejas, entre otras cosas, incluyen determinar “la capacidad de predecir el mecanismo y las circunstancias de un evento en función de sus resultados (visualizaciones)”.

Los problemas de diagnóstico experto también se dividen en directos e inversos. Al mismo tiempo, “la mayoría de los problemas expertos complejos que se resuelven mediante el diagnóstico forense son inversos, es decir, aquellos en los que la búsqueda de una solución se realiza desde el efecto hasta la causa”.

Es obvio que la complejidad de lograr el objetivo establecido aumenta desde simples tareas expertas directas (estándar) hasta complejas tareas expertas inversas, en cuyo caso “tomar una decisión de acuerdo con ciertas reglas es completamente imposible o el experto puede actuar de acuerdo con ellas”. sólo hasta cierto límite, y más allá. Lo que se requiere ahora es una búsqueda independiente de una manera de resolver el problema («heurística»)”.

Los expertos están prestando atención a esto. que cualquier tarea pericial tiene como objetivo transformar la información probatoria potencial contenida en los materiales del caso presentados para su examen como datos iniciales en información probatoria real que pueda usarse para resolver correctamente el caso.

En este caso, la tarea puede debe interpretarse como una cuestión que requiere resolución sobre la base del conocimiento especial que tiene el perito de los datos proporcionados por el investigador (tribunal). Estos dos conceptos — la tarea del examen y la pregunta que se plantea al perito, — muy similar.

En cierto sentido, la tarea es una explicación científicamente generalizada del significado de las preguntas más típicas.

Preguntas sometidas a decisión durante la SPFE: datos de la práctica

¿Qué preguntas son de interés para la investigación y el tribunal? ¿Cuándo es necesario realizar un DPI en forma de SPFE?

Para responder a la pregunta planteada y evaluar qué interesa a los profesionales que prescriben SPfE, se realizó un análisis de las opiniones de nueve expertos de agencias gubernamentales y organizaciones no gubernamentales que realizaron 56 exámenes en el período 2001-2008. en interés de 40 órganos de fiscalía (26 de los cuales son unidades de la fiscalía militar), los aparatos de investigación del Ministerio del Interior (3 SPfE), el FSB (9 SPfE), el Servicio Federal de Control de Drogas (1 SPfE) y los tribunales de justicia. varias instancias (3 SPfE).

Dejando de lado una revisión detallada de la muestra especificada de exámenes, nos detendremos sólo en un aspecto del análisis realizado: — preguntas que la investigación y el tribunal plantearon a SPFE.

El análisis mostró que durante un examen, al examinador del polígrafo se le hicieron de 1 a 28 preguntas, y en total, durante 56 SPFE, la investigación y los tribunales hicieron 188 preguntas.

Frente a dos de las 56 En las SPFE, los investigadores formularon 42 preguntas (28 y 14, respectivamente), es decir, el 22% del total de preguntas analizadas. Estos dos exámenes fueron excluidos del análisis.

La reducción de los dos exámenes redujo el número total de preguntas analizadas a 146. Como resultado, resultó que antes de los exámenes de esta muestra, la investigación y los tribunales planteó una media de 3 preguntas.

El análisis de las preguntas nos permitió dividirlas en varios grupos.

1. El grupo más representativo fue el que incluía preguntas sobre si el experto en la materia (en adelante — Pe) realizó alguna acción (85, o el 58,2% de 146 preguntas).
Estas preguntas tenían como objetivo aclarar:
— ¿Pe sacó algo de algún lugar (por ejemplo — “¿A. tomó información oficial fuera de las instalaciones?”);
— ¿Pe le dio algo a alguien (por ejemplo — “¿B-v le dio ametralladoras a D-v?” o “¿N. le vendió drogas a Ch?”);
— ¿Pe tomó algo de alguien, en algún lugar o en algún momento (por ejemplo — “¿X. compró algún proyectil en 2003?”);
— ¿Bae le dijo algo a alguien o sobre alguien (por ejemplo, “¿A quién le contó Yu sobre el asesinato de S.?”) y cosas similares.
Cabe señalar que 31 preguntas de este grupo (es decir, el 36% de 85 preguntas, o casi una quinta parte de 146 preguntas) tenían como objetivo establecer:
— si Bae lo apuñaló con un cuchillo, un destornillador, sus manos, etc. (por ejemplo — “¿N. golpeó al Sr. Ch. con un cuchillo?”) o
— realizó disparos que provocaron lesiones corporales o la muerte de una persona (por ejemplo, «¿F. participó directamente en disparar desde alguna instalación?»).

2. El siguiente grupo incluía preguntas (34 de 146, o 23,3% de las preguntas) que requerían establecer — ¿Pe sabía algo o a alguien (por ejemplo — “¿Sabía S que el paquete que transportaba en el auto contenía una droga?”).
3. Otro grupo se formó mediante preguntas (17 de 146). , o el 11,6% de las preguntas) destinados a identificar — ¿Estaba (presente, estaba) Pe en un lugar determinado (por ejemplo: “¿Estaba G. en el apartamento 3.?” o “¿P. entró al edificio del centro comercial?”).
4. Las preguntas sobre si Pe vio algo o alguien conformaron el cuarto grupo: fueron 7 (es decir, el 4,8% de 146 preguntas). Eran preguntas como — “¿K. vio el recibo del dinero de la casa vendida?”
5. La lista se completó con un grupo de preguntas sobre los motivos de las acciones de Pe: 3 preguntas (2% de 146 preguntas). Se trataba, por ejemplo, de preguntas — “¿Se puede concluir que G., junto con P., L. y A., vinieron al café a rescatar a K.?”

Innovaciones propuestas en la formulación de preguntas destinadas a resolverse durante el SPFE.

La formulación de la inmensa mayoría de las preguntas en los exámenes anteriores se llevó a cabo al margen de cualquier recomendación especializada para la implementación de SPFE, se basó en el sentido común y se basó en requisitos bien conocidos, establecidos en la práctica forense.

La Fiscalía General de Rusia prestó atención a esto. que “al constituir la parte resolutiva de la resolución sobre el nombramiento de un examinador, se debe prestar especial atención a la formulación de las cuestiones a resolver por la vía pericial”.

Por lo tanto, la situación ahora se ha convertido en un libro de texto. que “las preguntas planteadas al perito deben ser definitivas, específicas, lo más breves posible, excluyendo la posibilidad de su doble interpretación”.

Por ejemplo, durante el examen técnico forense de documentos, “cuestiones de carácter naturaleza diagnóstica se resuelven:&#8230 ; . ¿Se completó este documento de una sola vez y en una secuencia natural? . ¿La fecha corresponde a la hora en que se produjo el documento? ¿En qué año se hizo? etc.

Durante el examen traceológico de las cerraduras, se pueden solicitar permiso para realizar preguntas de diagnóstico: si la cerradura se abrió con una llave falsa, una llave maestra u otro objeto; si la cerradura estaba en uso; la cerradura está dañada en el estado bloqueado o desbloqueado; qué tipo de arma dañó la cerradura.

Se pueden dar ejemplos similares para otros tipos y tipos de exámenes.

Así, la teoría y la práctica del examen forense demuestran claramente que a la hora de resolver problemas expertos (incluidos los de diagnóstico), la formulación de las preguntas pertinentes tiene un carácter muy específico.

En este sentido, parece apropiado considerar propuestas para la formulación de preguntas para SPFE, establecidas en la “Metodología experta específica para la realización de investigaciones psicofisiológicas utilizando un polígrafo” (en adelante, la “Metodología específica”).

Este documento, en particular, establece que las tareas resueltas en SPfE “pueden definirse en forma de preguntas con el siguiente contenido:

1. ¿Las reacciones reveladas durante un estudio psicofisiológico mediante un polígrafo indican que el ciudadano — Nombre completo ¿Tiene información sobre los detalles de lo sucedido?

2. ¿A partir del reflejo de qué circunstancias podría la persona examinada obtener esta información? ¿Se pudo haber recibido en el momento del evento?

Las recomendaciones para la formulación de preguntas propuestas por la “Metodología Específica” han ganado cierta popularidad entre los examinadores de polígrafo involucrados en la realización de SPFE, y también han atraído la atención de criminólogos, procesalistas y otros especialistas en el campo del conocimiento jurídico.

Además, recientemente se han reflejado en la literatura educativa y metodológica una serie de disposiciones «Métodos específicos», y algunos autores sostienen que «la formulación de preguntas para un experto que realiza PFE está respaldada de esta forma por muchos autores».

Por lo tanto, parece apropiado evaluar la redacción de las preguntas propuestas desde la perspectiva de los requisitos para las cuestiones resueltas durante el examen.

Analizando la pregunta número 1, es fácil notar que consta de dos partes. :

a ) inicial (“son reacciones reveladas durante un estudio psicofisiológico mediante un polígrafo que indican …”)

b) final (“que el ciudadano tenga información sobre la detalles de lo sucedido «).

En nuestra opinión, la pregunta número 1 está mal formulada.

Cuando se prescribe un examen de huellas dactilares, se pueden realizar preguntas de diagnóstico (por ejemplo, «¿Hay huellas de manos en el objeto presentado?») o preguntas de identificación (por ejemplo, «¿Las huellas de las manos las dejó una persona específica?»). 51) están formulados de forma clara e inequívoca

.Si utilizamos la lógica de la “Metodología de las especies”, las preguntas presentadas anteriormente aparentemente adquirirían las siguientes formulaciones: “¿Los exámenes de huellas dactilares revelan patrones papilares en forma de arco, bucle o verticilo que indican que hay huellas de manos en el objeto presentado?” o «¿Los exámenes de huellas dactilares revelan patrones de arco, bucle o rizo que indican que las huellas fueron hechas por una persona específica?»

Estas adiciones no se utilizan en las preguntas, ya que no proporcionan nada útil en la práctica.

Si la investigación o el tribunal deciden recurrir a la ayuda de un polígrafo, no les interesan las reacciones del sujeto que el polígrafo registra durante la SPFE, sino cómo, con la ayuda de estas reacciones y su conocimiento especial. , el examinador del polígrafo puede ayudar a aclarar la esencia de la investigación.

Por lo tanto, el primer inconveniente de la pregunta número 1 es su parte introductoria: no tiene una carga semántica y solo recuerda que el examinador del polígrafo hace sus decisiones basándose en un análisis de las reacciones fisiológicas del sujeto.

El segundo inconveniente de la cuestión que nos ocupa es mucho más importante que el primero. Consiste en que la parte final de la pregunta X° I es vaga: no hay ninguna indicación en ella. qué se entiende exactamente por “qué sucedió” y qué “detalles” de un evento desconocido debe establecer el examinador del polígrafo.

Un SPFE potencialmente subexperto realizado durante una investigación de asesinato puede estar en diferentes situaciones. estados de rol relacionados con el evento que se establece, a saber, ser:
a) una persona sospechosa o acusada de cometer un asesinato;
b) una persona que contribuyó a su comisión;
c) testigo de un asesinato;
d) una persona que conoció las circunstancias del incidente a través de terceros.

Al estar en cualquiera de los estados de rol enumerados, el subexperto, incluso antes del inicio del SPFE, tiene más o menos alguna información. sobre algunos detalles del hecho que se investiga. Esto significa que plantear la pregunta número 1 en la formulación especificada no tiene sentido, ya que la respuesta es obviamente conocida.

Además, la parte final de la pregunta número 1 es una innovación inesperada para la práctica experta. En lugar de recibir una pregunta específica de la investigación o del tribunal, el polígrafo recibe algo amorfo, formado según el principio de «atrapar lo que pueda atrapar»: el especialista, de hecho, debe descubrir qué hacer y qué investigar. durante el SPFE.

La Pregunta No. 2, propuesta por la “Metodología Específica”, no está mejor compuesta.

Por alguna razón desconocida, combina dos preguntas independientes. Para facilitar un análisis más detallado, estas dos preguntas se denominarán 2a y 26, respectivamente.

Ambas preguntas (pregunta 2a — «¿Debido a la reflexión de qué circunstancias podría la persona examinada recibir esta información?» y pregunta 26 — «¿Podría (es decir, información. — Yu. X ) ser recibido (por el perito — Yu. X.) en el momento del evento?”) fueron redactados sin éxito: la observación hecha anteriormente sobre la pregunta No. 1 se aplica plenamente a ellos.

Las fallas en la formulación de las preguntas para el SPFE, recogidas en la “Metodología Específica”, se deben a este hecho. que sus autores52 definieron incorrectamente el objeto del SPFE, eligiendo como “las manifestaciones fisiológicas del curso de los procesos mentales asociados con la percepción, consolidación, preservación y posterior reproducción por parte de una persona de información sobre cualquier evento”53.

La falacia del “método de especie” presentado” del objeto SPfE fue analizada por nosotros en el artículo anterior54.

Cabe señalar que algunos de los autores de la “Metodología de las especies” cambiaron posteriormente su opinión sobre el objeto del SPfE, indicando que como no (en lugar de manifestaciones fisiológicas) “es necesario considerar a una persona definida personalmente — participante en procesos penales, enviado para investigación en el marco de PFE»55 (es decir, SPfE. — 10. X).

Pero ahí acabó el cambio de opinión inicial. Habiendo mencionado que “el objeto de examen — esta es una fuente de información, y la más diversa, y el tema de la experiencia — esta es la información misma obtenida en el proceso de estudio del objeto”56, los autores del manual educativo volvieron al hecho de que. “teniendo en cuenta ideas sobre el objeto y sujeto de la PFE. Las tareas del experto deben plantearse en forma de una pregunta sobre la presencia (ausencia) de reacciones psicofisiológicas durante la investigación en relación con una persona específica, indicando la existencia en su memoria de huellas ideales del evento o fenómeno correspondiente.”

Sobre eso. cómo se ven estas preguntas en la implementación práctica al realizar SPFE se puede juzgar por una de las conclusiones de los expertos en polígrafo, que se da en el manual educativo citado.

Esta conclusión, en particular, dice que “con permiso Los expertos formularon las siguientes preguntas:

1. ¿Se revelan reacciones psicofisiológicas que lo indican durante un estudio con un polígrafo? que P. tiene información sobre los detalles de lo sucedido, si es así, ¿qué tipo de información puede tener?

2. ¿En qué circunstancias podría haber recibido esta información?

¿Podría haber sido recibida en el momento del incidente?

El citado dictamen pericial merece una discusión aparte, pero en este artículo nos limitaremos a analizar únicamente las conclusiones que en él se expresan.

Así, respondiendo a las preguntas planteadas, los peritos presentaron las siguientes “conclusiones:

1, 2. Durante el estudio se identificaron reacciones que indicaban eso. que P. tiene información sobre los detalles de lo sucedido. La información que tiene P. probablemente fue recibida por él en el momento del incidente como resultado de reflejar las circunstancias asociadas con el daño corporal al ciudadano. Oh.»

Si analizas la primera y segunda frase de las conclusiones, puedes descubrir algo interesante62. Así, de la primera frase de la conclusión se deduce que los examinadores del polígrafo
para el estudio durante el SPFE, el “qué pasó” no fue elegido para comprobar el hecho de que “P es testigo de lo sucedido”. indicado en la parte introductoria del informe pericial, y causando daños corporales gr. El propio O. P. Además, habiendo indicado que el sujeto “tiene información sobre los detalles de lo sucedido”, los peritos no proporcionaron nueva información a la investigación.

Habiéndose involucrado en la investigación en curso. P., independientemente de su estatus procesal, inevitablemente tenía al menos alguna “información sobre los detalles de lo sucedido”.

Por lo tanto, la inclusión de la primera oración en el texto de las conclusiones violó el principio de su calificación, lo que «significa que un experto sólo puede formular conclusiones cuya construcción requiere calificaciones suficientemente altas y conocimientos especiales apropiados».

Las cuestiones que no requieren conocimientos que puedan resolverse sobre la base de la simple experiencia cotidiana no deben plantearse ante un experto y ser resueltas por él, y si se deciden, entonces las conclusiones sobre ellas no tienen valor probatorio.» 63.

La segunda frase de las conclusiones está formulada de forma florida y plantea interrogantes. Pa-ejemplo, cómo entender — ¿“información que tiene P”? ¿De qué se trata esta “información” y qué es exactamente?

O cómo entender — “…debido al reflejo de las circunstancias asociadas con la imposición de daños corporales al gr. ACERCA DE.»? ¿Deben entenderse las “circunstancias” en un sentido procesal (artículo 73 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia) o en un sentido cotidiano? Si entendemos las “circunstancias” en un sentido procesal, ¿cómo se relacionan con los “detalles de lo sucedido”, que se mencionan en la pregunta número I y en la frase nerviosa de las conclusiones? Si “detalles” y “circunstancias*) — diferentes conceptos, ¿cuál es su diferencia? Y si estos conceptos son idénticos, ¿para qué multiplicar la terminología? Finalmente, ¿cuál es el contenido de las “circunstancias asociadas con la lesión corporal de la Sra. ACERCA DE.»? ¿Cuáles son estas circunstancias?

En otras palabras, la segunda frase de las conclusiones tampoco está formulada del todo correctamente, en violación del principio de certeza, según el cual “las conclusiones vagas y ambiguas que permiten diferentes interpretaciones son inaceptables”65. Sin embargo, los peritos del SPFE llegaron a la conclusión de que las lesiones corporales del Sr. O. infligió P.

Detrás de la elaborada redacción de las conclusiones de los expertos se encuentra la respuesta a la pregunta asignada al primer grupo, que identificamos anteriormente como resultado del análisis de la muestra del SPfE.

Finalizando el análisis de las recomendaciones “Metodología específica” para la formulación de preguntas para SPfE, consideramos necesario llamar la atención del lector sobre un aspecto más importante.

En particular, fue interesante descubrir que se propone aplicar las formulaciones de preguntas anteriores (I, 2a-2b) “en una situación en la que una persona (sospechoso, acusado, testigo o víctima) oculta su conocimiento de las circunstancias del hecho”. delito investigado…

En una situación en la que una persona demuestra cooperación con las autoridades investigadoras y da testimonio sobre las circunstancias del caso, pero existen dudas sobre su confiabilidad, la pregunta se puede plantear de manera forma diferente:

— ¿Son consistentes las reacciones psicofisiológicas del grupo identificadas durante el estudio y el uso del polígrafo? N. con su testimonio sobre las circunstancias… (se indican las características del delito), es decir, que… (se indican indicaciones que requieren verificación)?”.

Desafortunadamente, en la historia de la práctica judicial y de investigación nacional no hay casos aislados en los que se sospechaba injustificadamente que tal o cual persona ocultaba «el conocimiento de las circunstancias del delito investigado» o, por el contrario, engañó a la investigación y a la investigación. tribunal, precisamente al demostrar “cooperación con las autoridades investigadoras y testificar sobre las circunstancias del caso”, ocultando así algo más grave.

En este sentido, parece incorrecto e inaceptable elegir la redacción de las preguntas presentado al SPFE, dependiendo de la confianza o desconfianza inicial de la investigación o tribunal en un determinado tema pericial.

Tareas resueltas durante el SPFE

Las cuestiones sometidas a decisión de la SPFE de acuerdo con las recomendaciones de la “Metodología Específica” están formuladas, en nuestra opinión, incorrectamente, lo que, en consecuencia, conlleva una formulación incorrecta de las conclusiones.

En el Al mismo tiempo, los autores de la “Metodología Específica” parten de que:

— “formular una conclusión sobre la existencia de un evento o circunstancias individuales de un delito no es competencia de un examinador de polígrafo”;
— “de conformidad con el art. 74 Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia… opinión de expertos — Se trata de una fuente de información a partir de la cual el tribunal, el fiscal, el investigador, el investigador establecen la presencia o ausencia de circunstancias sujetas a prueba en la producción de un caso penal, así como otras circunstancias relevantes para el caso penal. en la forma establecida por el Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia.”

Habiendo elegido correctamente los puntos de partida, los autores de la «Metodología específica», sorprendentemente, llegan a una conclusión no del todo correcta, argumentando que «la competencia del examinador del polígrafo incluye formular una conclusión sobre el grado de conciencia de la persona examinada sobre el evento». y sus detalles. interés> iniciador de derivados delgados. condicionado por la presencia (ausencia) en la memoria de una persona de imágenes formadas en relación con el incidente”.

Los autores de la “Metodología de las especies”, lamentablemente, “olvidaron” informar lo que se entiende por “ «grado de conciencia» de la persona que está siendo examinada y cómo determinar este «grado».

Siguiendo la lógica elegida, los autores de la “Metodología de las especies” se encuentran en una situación curiosa: si volvemos a las conclusiones del informe del experto presentado anteriormente, resulta que lo que se indica en la conclusión — “lesiones corporales gr. O. probablemente infligió a P.” — es imposible, ya que esto no es competencia del examinador del polígrafo. Pero, usando palabrería y escritura — “La información que tiene P. probablemente fue recibida por él en el momento del incidente como resultado de reflejar las circunstancias asociadas con el daño corporal que causó a gr. Ah», — el examinador del polígrafo no fue más allá del alcance de su competencia.

Por lo tanto, no es sorprendente que la «Metodología de especies» llegue a la formulación de, en nuestra opinión, tareas periciales muy controvertidas:

1. Emitir un juicio sobre el grado de conciencia de la persona examinada sobre el evento (sus detalles) que sirvió de motivo para realizar un estudio psicofisiológico.
2. Emitir un juicio sobre las circunstancias por las cuales la persona examinada recibió la información sobre el evento (sus detalles) que sirvió de motivo para realizar un estudio psicofisiológico”.Se sabe que el examen «tiene como objetivo establecer las circunstancias incluidas en la materia de prueba en un caso penal o hechos probatorios significativos».

Artículo 73 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia, definiendo las circunstancias a probar, indica:

«1. Durante el proceso penal deberá acreditarse: 1) el hecho del delito (hora, lugar, forma y demás circunstancias del delito); 2) la culpabilidad de la persona al cometer un delito, la forma de su culpa y los motivos.”

Al resolver problemas de examen, “en el proceso de conocimiento por parte del experto del portador de cierta información sobre eventos ocurridos en el pasado, que está estudiando, es posible establecer un hecho objetivo que se incluye en el tema de estudio y es de importancia práctica.”

Por lo tanto, resumiendo el peso de lo dicho anteriormente en este artículo y teniendo en cuenta que el experto trata con huellas ideales de eventos pasados ​​almacenados en la memoria de una persona en particular, puede Cabe señalar que las tareas generales de los expertos del SPfE son determinar, o más bien — diagnóstico:

— comisión de acciones por parte del sujeto relacionadas con el hecho delictivo;
— el conocimiento del perito de cualquier circunstancia del delito;
— motivos de las acciones del perito relacionados con el hecho delictivo.

Las tareas SPfE74 especificadas pertenecen a la categoría de tareas complejas de diagnóstico inverso, cuando la búsqueda de una solución se lleva a cabo desde la investigación hasta la causa.

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Literatura.

1 Los documentos enumerados anteriormente fueron publicados en el manual: Komissarova Y. V., Kilesso K. G., Perch V. O. Forenses + criminólogos = experiencia en la lucha contra el crimen. M., 2005. págs. 163-188.

2 Komissarova Ya. V. Aspectos aplicados del uso del polígrafo en procesos penales en Rusia //Detección instrumental de mentiras: realidades y perspectivas de su uso en el lucha contra el crimen. Saratov, 2006. P. 7.

3 Detección instrumental de mentiras: realidades y perspectivas de su uso en la lucha contra la delincuencia. 2006. págs. 90-96.

4 Como lo demuestra la revisión del Código Penal de la Dirección Estatal de Investigación del Código Civil de la Federación de Rusia, la eficacia del uso de los DPI durante las investigaciones operativas actualmente ya no requiere confirmación. Obviamente, deberíamos acoger con satisfacción el deseo de los especialistas de una regulación jurídica clara del uso de métodos o herramientas forenses en la práctica, incluidos — Método OPI. Sin embargo, como lo demuestra la experiencia acumulada durante quince años, no es correcto considerar la admisibilidad del uso de un polígrafo dependiendo de si «se realizan las adiciones apropiadas a la legislación sobre actividades operativas».

5 Boletín del Consejo Metodológico y de Coordinación Interdepartamental Federal para el Examen Forense y la Investigación Pericial. 2006. N° 2(17). Pág. 16.

6 Ibídem. P. 4-5.

7 Kholodny Yu. I. Encuesta mediante polígrafo y reflexión mental //Boletín de la Universidad del Volga que lleva el nombre. V. N. Tatishcheva. Serie «Jurisprudencia». vol. 18. Togliatti, 2001. págs. 205-209.

8 Kholodny Yu., Podshibyakin A. S. Poligrafología forense — una nueva dirección en criminología, dedicada al estudio de las “huellas ideales” //Ciencia forense: cuestiones actuales de teoría y práctica: sáb. Materiales para el 200 aniversario del Ministerio del Interior de Rusia. R. s/d, 2002. págs. 295-296; Kholodny 10. I. La poligrafología forense como nueva dirección en la sección “Tecnología forense” //Teoría y práctica de la ciencia forense y el examen forense. M., 2003. P. 71-74; Es él. Encuesta mediante polígrafo y sus fundamentos científicos naturales //Boletín de criminología. 2005. Edición. 1 (13). págs. 39-48; vol. 2 (14). págs. 47-57; etc.

9 Kholodny Yu. I. Poligrafía forense y su aplicación en la práctica policial //Boletín informativo No. 21 basado en los materiales de las Lecturas forenses “Solicitudes de práctica — la fuerza impulsora detrás del desarrollo de la criminología y la ciencia forense”. M, 2003. P. 14-19.

10 Kholodny Yu. I. Estudios de diagnóstico forense mediante polígrafo //Ciencia forense: libro de texto./Ed. profe. F.V. Volynsky y V.P. M., 2008. P. 302-317.

11 Averyanova T.V. Examen forense. Curso de teoría general. M., 2006.

12 Zinin A. M., Mailis N. P. Examen forense: libro de texto. M., 2002.

13 Rossinskaya E. R. Examen forense en procedimientos civiles, arbitrales, administrativos y penales. M., 2005.

14 Ibíd. P. 24.

15 Decreto Averyanova T.V. op. P. 77

16 Kudryavtsev I. A. Examen psicológico y psiquiátrico forense integral: científico y práctico. gestión. M., 1999. P. 23.

17 Sitkovskaya O. D., Konysheva L. P., Kochenov M. M. Nuevas direcciones del examen psicológico forense. M., 2000. P. 7.

18 Decreto Averyanova T.V. op. P. 77.

19 Zinin A. M., Mailis N. P. Decreto. op. P. 20.

20 Safuanov F. S. Examen psicológico forense en procesos penales: científico y práctico. prestación. M., 1998. P. 37.

21 Podshibyakin A. S., Kholodny/O. I. Sobre la aclaración y complementación de los objetos del diagnóstico forense //Doctrina jurídica rusa en el siglo XXI: problemas y formas de resolverlos: Materiales de investigación científica y práctica. conferencias. Sarátov, 2001. P. 225-227.

22 Mitrichev V. S., Kholodny Yu. I. El polígrafo como medio para obtener información forense de orientación //Notas de criminólogos. M.. 1993. Edición. I. P. 173-180.

23 Averyanova G.V., Belkin R.S. Korukhov Yu.G., Rossinskaya E.R. Criminalistics M.. 1999. P. 110.

24 Yablokov N.P. M.. 2000. P. 74.

25 Rossinskaya E. R. Ciencias forenses. M., 1999. Pág. 39.

26 Snetkov V. A Diagnóstico forense en las actividades de las unidades forenses expertas del Ministerio del Interior de Rusia en el uso de métodos y medios forenses expertos. M., 1998. P. 7.

27 Orlov K. Opinión de expertos y su valoración. M., 1995. P. 11.

28 Zinin A. M., Mailis N. P. Examen forense: Libro de texto. M., 2002. P. 21-22.

29 Decreto Safuanov F. S.. op. P. 186.

30 Komissarova Ya. V. Tácticas de interrogatorio y confrontación //Ciencia forense: Libro de texto./Ed. profe. E. P. Ishchenko. M., 2008. P. 337-338.

31 La interpretación incorrecta del objeto de la investigación pericial condujo a una violación de la lógica y la contradicción: el “objeto de la investigación pericial” general — se trata de “manifestaciones fisiológicas…”, y “el objeto de estudio en cada caso concreto… — objetos materiales que contienen información necesaria para resolver problemas expertos específicos» (Ibid).

32 El contenido del tema y objeto del SPFE fue discutido y aprobado en una reunión del grupo de trabajo especial del FCMMS sobre los problemas de la realización de investigaciones utilizando un polígrafo, que se celebró en mayo de 2007 en el Instituto de Ciencias Forenses del Centro. para Equipos Especiales del FSB de Rusia.

33 Rossinskaya E . Examen forense en procedimientos civiles, arbitrales, administrativos y penales.

34 Forense: Libro de texto. para universidades/Ed. profe. A. F. Volynsky. M. 2000. P. 159.

35 La precisión y utilidad de las pruebas de polígrafo (Departamento de Defensa. Washington, DC) //Polígrafo. 1984. V. 13. N. I. P. 1-143.

36 Averyanova G.V. Curso de teoría general M. 2008. pág. 163.

37 Kholodny Yu. I. Examen psicofisiológico forense…

38 Rossinskaya E. R. Examen forense en procedimientos civiles, arbitrales, administrativos y penales. M.. 2005. P. 26.

39 Ibíd. P. 27.

40 Ibíd. P. 28.

41 Zinin A. M., Mailis N. P. Examen forense: libro de texto. M.. 2002. págs. 26-27.

42 Véase ibíd. P. 24-25.

43 Babkin E. A.. Aleshina I. F. Exámenes forenses en la etapa del proceso penal previo al juicio: Metodología, manual. M., 2003. Parte I. P. 15.

44 Averyanova T.V. Designación y realización de exámenes forenses //Ciencia forense/Ed. L. F. Volynsky, V. P. Lavrov. M.. 2008. P. 464.

45 Examen forense ruso E. R.… P. 363-364.

46 Ver: Mailis N.P. Guía de examen traceológico. M., 2007. pág. 245.

47 Metodología experta específica para la realización de investigaciones psicofisiológicas mediante un polígrafo //Detección de mentiras instrumental: realidades y perspectivas de uso en la lucha contra el crimen: Materiales de la internacional. científico-práctico foro. Saratov: SuiUI Ministerio del Interior de Rusia. 2006. De 90-96.

48 Ibíd. Pág. 93.

49 Semenov V.V., Ivanov L. //. Aspectos jurídicos, tácticos y metodológicos del uso del polígrafo en el proceso penal: Libro de texto. prestación. M., 2008. 184 págs.

50 Semenov V.V. Sobre la cuestión del objeto y sujeto del examen psicofisiológico mediante polígrafo //Problemas actuales de la investigación psicofisiológica especial y perspectivas de su uso en la lucha contra el crimen y la selección de personal: Materiales de la IX Internacional. científico-práctico conf. Krasnodar: Editorial. KubSTU. 2008. P. 102.

51 Rossinskaya E. R. Examen forense… P. 327.

52 Los autores de la “Metodología de especies” son Ph.D. Miel. Ciencias Ivanov L. II.. Ph.D. legal Ciencias Komissarova V., Ph.D. biol. Ciencias Pelenitsyn A. B. y Ph.D. biol. Ciencias Felorsnko V.N.

53 Metodología de expertos en especies… P. 93.

54 Ver: Kholodny 10. I. Examen psicofisiológico forense… págs. 25-33.

55 Semenov V.V.. Ivanov L.N. Legal, táctico… Pág. 74.

56 Ibíd. Pág. 82.

57 Ibíd. Pág. 83.

58 Ibíd. págs. 165-172.

59 Ibíd. Pág. 166.

60 Llamaremos la atención del lector únicamente sobre esto. que: a) para responder a las preguntas planteadas a la SPFE, los expertos utilizaron sólo 4 de 6 (!) pruebas (“las pruebas n.° 1 y 2 tenían como objetivo identificar las reacciones psicofisiológicas individuales del sujeto (p. 167). es decir , eran de carácter auxiliar ): 6) las preguntas utilizadas durante las pruebas permiten una interpretación ambigua del estado de P.: podría ser el autor directo de “lesiones físicas gr. O” y su cliente.

61 Semenov V. Ivanov L.N. Legal, táctico… Pág. 170.

62 La parte introductoria del informe pericial señala que un día “en 2006, aproximadamente 200 en… hospital … Un ciudadano fue hospitalizado con heridas en la zona de la cabeza. O. … Más tarde… gramo. O. murió a causa de las heridas recibidas. Según el informe del examen médico forense del cadáver del gr. O., la muerte se produjo como resultado de un traumatismo craneoencefálico contundente con fractura de los huesos del cráneo… Pero este hecho… se ha iniciado una causa penal… por motivo de un delito previsto en la parte 4 del art. 111 del Código Penal de la Federación de Rusia, es decir, pero el hecho de causar intencionalmente daños corporales graves, que resultaron en la muerte de la víctima por negligencia. En el curso de las acciones de investigación llevadas a cabo, la investigación tenía motivos para creer que el testigo del incidente era P., quien ocultaba información importante a la investigación» {Semyonov V., Ivanov L.I. Legal, tactical… P. 165-166).

63 Orlov Yu. Dictamen pericial y su valoración (en casos penales): Libro de texto. prestación. M.. 1995. P. 29-30.

64 El ejemplo dado de conclusiones de expertos contradice otra disposición del manual citado (p. 92). según el cual “la competencia de un perito polígrafo incluye formular conclusiones: 1) sobre el grado (?) del examinado sobre los hechos o sus detalles que son de interés para el iniciador del examen, debido a la presencia (ausencia ) en la memoria de la persona de imágenes formadas en relación con el incidente; 2) sobre las circunstancias por las que la persona examinada recibió información sobre el evento que sirvió de motivo para realizar una PFI: debido al reflejo directo de las circunstancias del evento: en otras palabras — participación personal en él [énfasis añadido. — Yu. X.]) o de otras fuentes no criminales….”

65 Orlov Yu. Opinión de expertos… Pág. 30.

66 Semenov V.V., Ivanov L. II. Legal, táctico… págs. 83-84.

67 Metodología de expertos en especies… P. 95. (La misma opinión se repite en publicaciones: Komissarova Ya. V. Aplicación de conocimientos especiales en la investigación de delitos //Ciencias Forenses: Educativa M., 2007. P. 338; Aka. Tácticas de interrogatorio y confrontación//Ciencias Forenses: Libro de texto M, 2008. P. 339.)

68 Metodología experta específica… Pág. 95.

69 Ibid (La misma opinión se repite con cambios editoriales menores en las publicaciones: Komissarova I V Aplicación de conocimientos especiales… P. 337; Ella. Tácticas de interrogatorio… P. 338.)
70 Metodología experta específica&#. 8230; P. 92.

71 Orlov 10. K. Opinión de expertos… P. 5.

72 Averyanova T.V. Examen forense… Pág. 164.

73 El caso de la persona anónima que realiza una llamada telefónica mencionado en el artículo primero es un ejemplo de diagnóstico del conocimiento que tiene una persona de las circunstancias de un hecho que podría calificarse como delito.

74 En relación al vocabulario “Métodos específicos”, las tareas periciales se pueden formular de la siguiente manera:
1 Emitir juicios sobre la comisión por parte del perito de cualquier acción relacionada con el hecho delictivo.
2. Emitir un juicio sobre el conocimiento del perito sobre cualquier circunstancia del hecho delictivo.
3. Emitir un juicio sobre los posibles motivos de las acciones del perito. relacionado con el hecho del crimen.

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