Encuesta poligráfica y la competencia de un examinador de polígrafo.
Kholodny Yuri Ivanovich,
Dr. legal Ciencias, Ph.D. psicol. Ciencias,
Profesor del Departamento de la Universidad Técnica Estatal de Moscú que lleva su nombre. Bauman
Fuente: Revista científica y práctica
«TEORÍA Y PRÁCTICA DEL EXAMEN FORENSE»
No. 1 (13 )2009
El autor considera el “método IIP” (encuesta mediante polígrafo) como “un medio no convencional de obtener información importante para la investigación de delitos” y lo remite a la sección “Tecnología forense”, analizando la cuestión de la competencia de un examinador de polígrafo. . p>
Como se señaló en artículos anteriores1, en marzo En 1993, se autorizó el uso de entrevistas utilizando un polígrafo (en adelante — OIP) para su uso en actividades de investigación operativa (en adelante — ORD) en el territorio de la Federación de Rusia.
En los últimos años, el método DPI ha entrado con confianza en el arsenal de herramientas forenses nacionales y el uso del polígrafo en la práctica policial crece constantemente de año en año. Actualmente, la utilidad y eficacia del uso del polígrafo en investigaciones operativas ya no plantea dudas, así como — en la selección y control de las actividades del personal.
Prueba convincente de ello fueron los materiales de tres conferencias del Ministerio del Interior de Rusia sobre el tema del polígrafo, celebradas en Moscú y Sochi en septiembre y diciembre de 2008. Sin embargo, el uso del polígrafo en investigaciones operativas resultó útil no sólo desde un punto de vista práctico. El análisis de las ciencias naturales y los fundamentos teóricos del método DPI permitió reponer la criminología con nuevos conocimientos, así como ampliar y aclarar el contenido de algunas disposiciones importantes de esta ciencia.
Entonces, ¿qué novedades tiene? ¿El método DPI llevado a la criminología nacional?
Contribución del método DPI al desarrollo de la ciencia forense
1. Descubriendo propiedades de las trazas ideales que hasta ahora habían pasado desapercibidas.
En la ciencia forense existe la opinión establecida de que las huellas ideales (imágenes) en comparación con las huellas fijadas materialmente tienen tres diferencias, a saber:
- en primer lugar, las huellas ideales son inaccesibles para su estudio directo;
- en segundo lugar, el acceso al estudio de una huella ideal sólo es posible después de su materialización, que es realizada por quien posee esta huella, utilizando su habla oral o escrita, o mediante la actividad motora (imagen de un dibujo , diagrama);
- en tercer lugar, las huellas ideales materializadas son significativamente más informativas debido a que son capaces de reflejar propiedades y características de eventos (fenómenos) del mundo material que no pueden reflejarse directamente en huellas materialmente fijadas.
La investigación de las huellas ideales desde el punto de vista de la tecnología OIP permitió describir sus nuevas propiedades2, que antes no habían atraído la atención de la ciencia forense.
En particular, se descubrió una cuarta diferencia: radica en el hecho de que la materialización de una traza ideal se produce bajo la acción conjunta de un factor objetivo — olvido (destrucción natural de la huella ideal) y uno o más factores subjetivos, que son:
- condiciones y circunstancias de percepción, memorización y, posteriormente, reproducción por parte de una persona de acontecimientos del mundo exterior ;
- estado físico y emocional de una persona;
- sus actitudes semánticas y sociales; sus características culturales y nacionales;
- posible acción de un acto volitivo de distorsión deliberada de huellas ideales, debido a los motivos, necesidades o intereses de esta persona, etc.
Finalmente, se estableció la quinta propiedad de una traza ideal. Como saben, una huella materialmente fijada es susceptible tanto a la destrucción natural (acción de factores naturales, artificiales, temporales y otros) como a la destrucción intencional (acciones deliberadas por parte de una persona). Por el contrario, una huella ideal está sujeta a una destrucción exclusivamente natural (la acción del factor objetivo del olvido), está sujeta a una distorsión deliberada durante la materialización, pero no está disponible para una destrucción deliberada (a una persona no se le da la capacidad de intencionalmente, al menos su propia discreción, olvidar cualquier cosa de los acontecimientos del pasado).Los acontecimientos personalmente importantes se recuerdan durante toda la vida: «las huellas de acontecimientos pasados almacenados en la memoria emocional de una persona son prácticamente indestructibles a lo largo de la vida de una persona». En particular, fue posible identificar con éxito en la memoria humana rastros de eventos eliminados en el pasado hace 20 años o más.”3.
Es la quinta propiedad — inaccesibilidad de la memoria de una persona por la destrucción deliberada en ella de huellas ideales de acontecimientos del pasado personalmente significativos — subyace a la eficacia aplicada del método IIP.
2. Crear las condiciones para un estudio objetivo de la presencia de huellas ideales de acontecimientos en la memoria humana.
Hasta hace poco, el proceso de materialización de las huellas ideales era subjetivo y escapaba al control de un observador externo. La materialización de huellas ideales (por ejemplo, durante el interrogatorio de una persona) es un acto subjetivo. En ausencia de información de fuentes independientes, las huellas ideales no se prestaban a un estudio objetivo desde el exterior: el propietario de las huellas ideales las materializó incontrolablemente (en la forma que él mismo consideraba correcta) y tuvo la oportunidad de ocultar deliberadamente algunas parte de ellos. En tales situaciones, el uso de un polígrafo:
1) permite identificar objetivamente la presencia en la memoria de una persona en particular de huellas ideales de eventos ocultos por ella (incluidos actos criminalmente relevantes u otros actos condenados por la sociedad);
2) hace accesibles las huellas ideales a la investigación objetiva antes, es decir . sin, su materialización;
3) permite evaluar objetivamente los elementos básicos, de fundamental importancia para la detección e investigación de un delito o la prevención de delitos, de la imagen materializada por la presencia o ausencia de deliberados distorsiones en ellos.
Así, la entrada de los DPI en el sistema de métodos y medios de la ciencia forense cambió cualitativamente la situación existente y abrió la oportunidad de detectar y examinar huellas ideales de eventos almacenados en la memoria humana; Antes esto era básicamente imposible4.
3. Aclaración y adición de objetos de diagnóstico forense.
La investigación realizada generó la necesidad de aclarar algunos conceptos básicos del diagnóstico forense. En particular, se encontró que durante la OIP pueden aparecer objetos de diagnóstico de huellas ideales conservadas en la memoria de una persona: en el caso de la percepción visual (menos del 1% de la OIP) — objetos materiales, que pueden ser objetos, fotografías de personas, objetos o áreas, mapas, diagramas, documentos, números de teléfono escritos,
en el caso de la percepción auditiva (más del 99% de la OIP) — conceptos semánticos, es decir objetos ideales, que son preguntas de prueba, cada una de las cuales cubre un elemento, condición, circunstancia o característica separada de un evento, cuya participación debe establecerse mediante un polígrafo.
La aparición de objetos de diagnóstico «virtuales» en el diagnóstico forense es natural cuando se detectan y estudian rastros ideales. Pero esto lleva lógicamente a la idea de que no sólo los objetos diagnósticos, sino también los diagnosticables, pueden ser conceptos semánticos grabados en la memoria humana, que caracterizan inequívocamente acontecimientos y fenómenos del mundo exterior. La práctica ha demostrado que los objetos5 diagnosticados durante un DPI pueden incluir nombres y apodos de personas, direcciones, nombres de ciudades y regiones, nombres de acciones, fechas y horas de eventos, etc.
4. Ampliando las posibilidades de presentación para identificación.
En los libros de texto de criminología y en algunas publicaciones, normalmente se limitan a describir tres posibles resultados de la presentación para la identificación (en adelante — PdO): “resultado … sirve como conclusión lógica sobre … identidad, semejanza o diferencia”6.
En los libros de texto fundamentales sobre criminología7 o en literatura especial sobre la teoría y la práctica de la PdO, se pueden encontrar menciones de dos resultados más de esta acción de investigación: “en la práctica de los procedimientos judiciales, la identificación falsa y la no identificación falsa son posibles. La falsa identificación puede deberse a que durante la percepción inicial del objeto no se identificaron sus rasgos identificativos, así como al olvido de estos rasgos en una situación tensa de identificación… Identidad equivocada … puede ser consecuencia de diversas influencias sugestivas sobre una persona que es fácilmente sugestionable.”8.
Sin embargo, en la literatura especializada disponible no fue posible encontrar ninguna mención a la posibilidad de la existencia de un sexto resultado de la PdO. Las características cuarta y quinta de la traza ideal antes mencionadas permitieron demostrar que la PdO tiene un sexto resultado, hasta ahora desconocido para la criminología nacional9 — Identificación errónea deliberada, es decir. ocultación deliberada por parte del identificador del hecho de la identificación de un objeto que se le presenta para su identificación. Como lo ha demostrado la práctica nacional y mundial, identificar una identificación errónea intencional utilizando derechos de propiedad intelectual es una tarea trivial: las pruebas de polígrafo se han utilizado para estos fines en muchos países durante muchas décadas.
5. Ampliar las capacidades de prevención forense de infracciones y delitos.
El surgimiento de los DPI de selección10 en los Estados Unidos en la década de 1930 se debió al hecho de que el empleador — agencia gubernamental u organización comercial — buscó utilizar el trabajo de personas que, en el cumplimiento de sus funciones oficiales, no le causarían daño o perjuicio, y además observó la disciplina establecida. Los DPI de selección permiten evaluar el grado en que un empleado cumple con los requisitos del empleador, «eliminar» a las personas que no los cumplen y, de ese modo, proteger al empleador de posibles consecuencias negativas en el futuro. Con la ayuda de un polígrafo, se revela a una persona: hechos ocultos de su pasado criminal, actos criminales cometidos por él que permanecen sin revelar; características personales (inclinaciones) que están cargadas de que una persona «se deslice» hacia actividades ilegales; distorsión de datos personales o biográficos, etc.
Como se mencionó anteriormente, desde mediados de la década de 1990, los departamentos federales y las instituciones no gubernamentales de Rusia han adoptado pruebas de detección con polígrafo.
Por lo tanto, la entrada del IIP en la práctica del trabajo con personal hizo una contribución significativa al desarrollo de una de las secciones menos desarrolladas de la ciencia forense nacional: la ciencia forense. prevención forense11: el uso del polígrafo en la selección y control de las actividades del personal convierte a los DPI en un método privado de prevención forense de delitos y faltas relacionadas con el desempeño de funciones oficiales.
6. Formación de una nueva dirección en el apartado “Tecnología forense”.
Después de la legalización del polígrafo en Rusia, la criminología durante varios años no supo cómo responder a su uso en actividades de investigación operativa, pero pronto este problema se resolvió y los principales criminólogos rusos identificaron a OIP como uno de los «no -medios tradicionales de obtención de información significativa para la investigación de delitos” y clasificados en la sección “Tecnología forense”12.
Al mismo tiempo, se formó una opinión según la cual “la totalidad de los conocimientos científicamente aplicados sobre el uso del método psicofisiológico de “detección de mentiras” mediante un polígrafo (u otro hardware y software) debe considerarse como una rama independiente de la ciencia forense. tecnología, que forma parte de la sección “Tecnología forense”, … y se dedica a la práctica de aplicar métodos y medios técnicos y forenses para detectar rastros de eventos en la memoria humana que sean importantes para la detección e investigación de delitos»13.
Hasta la fecha, la ciencia forense nacional ha desarrollado “criterios mediante los cuales se puede juzgar la existencia de una nueva dirección de la tecnología forense: resolver problemas forenses específicos que no se plantean al estudiar objetos similares en otras esferas de la actividad humana; la especificidad de los objetos de estudio y al mismo tiempo su prevalencia, ocurrencia frecuente en el lugar de los accidentes; desarrollo metodológico y metodológico de esta dirección”14. Estos criterios nos permitieron afirmar que los estudios de diagnóstico forense mediante polígrafo:
a) están destinados a resolver problemas forenses específicos relacionados con el estudio de huellas ideales de delitos;
b) se caracterizan por la prevalencia (el volumen cada vez mayor del uso aplicado de los DPI en la práctica de aplicación de la ley) y la especificidad de los objetos de investigación (enfoque de hardware para el estudio de la memoria humana con fines forenses);
c) tener sofisticación metodológica y metodológica (es decir, cuentan con su propia teoría forense privada)»15.
Como resultado, los estudios de diagnóstico forense utilizando un polígrafo entraron en la criminología nacional como un campo independiente y en 2008 se incluyeron por primera vez en un libro de texto de criminología16 en la sección «Tecnología forense» como un capítulo separado17.
Pero el proceso de obtención de nuevos conocimientos forenses, que sugiere el método IPR, en nuestra opinión, está lejos de estar completo.
El uso de herramientas de hardware y software para el estudio objetivo de huellas ideales de eventos almacenados en la memoria humana nos obliga a revisar algunas disposiciones más que parecen generalmente aceptadas y establecidas.
Acerca de competencia de un examinador de polígrafo
Es obvio que uno de los conceptos fundamentales en la teoría y la práctica del examen forense es el concepto de sujeto de la actividad pericial.
Como correctamente señala T.V. Averyanov, con el concepto de sujeto de actividad experta, “un concepto como “competencia experta” está bastante estrechamente relacionado”18. Cercano a él en esencia, pero no idéntico en contenido, está el concepto de “competencia experta”.
La diferencia entre los dos últimos conceptos es obvia. El primero — describe el “área de existencia” de un experto como un tipo de persona conocedora: esta “área” cubre “un complejo de conocimientos en el campo de la teoría, la metodología y la práctica del examen de un cierto tipo, tipo”19. El segundo concepto caracteriza a un experto específico desde el punto de vista de la calificación, es decir, en qué medida cumple con los requisitos que se le imponen20.
El análisis realizado de la literatura sobre este tema mostró que la competencia y la competencia — conceptos que, en general, están bastante desarrollados y, aparentemente, no despiertan mucho interés entre científicos y especialistas (basta señalar que estos conceptos, salvo raras excepciones, no se tratan en la literatura educativa). En publicaciones especiales, la competencia se considera como un conjunto de, en primer lugar, conocimientos profesionales del área temática de un tipo o tipo particular de examen, complementados con la cantidad necesaria de conocimientos procesales que se requiere para que un perito los lleve a cabo. sus deberes profesionales con alta calidad. Considerando el concepto de «competencia» desde el punto de vista de la tecnología PII, conviene citar las palabras de M.S. Strogovich, expresado por él hace más de medio siglo: hablando de la competencia de un experto, creía “que siempre y en todas las condiciones un experto puede considerar los hechos sólo desde el punto de vista de su especialidad científica (énfasis añadido por nosotros & #8212; Yu.Kh.), por lo que las cuestiones de naturaleza jurídica no son de su competencia”21. Obviamente, la cuestión de la competencia de un examinador de polígrafo es una de las cuestiones clave en la formación de la base científica y metodológica del examen psicofisiológico forense (en adelante, SPFE).
Aparentemente, por primera vez se planteó la cuestión de la competencia de un examinador de polígrafo en la «Metodología específica de expertos para realizar investigaciones psicofisiológicas utilizando un polígrafo» (en adelante, la «Metodología específica»22). Dijo, en particular, que — primero — “formular una conclusión sobre la existencia de un evento o circunstancias individuales de un delito no está dentro de la competencia de un examinador de polígrafo”23, y — segundo — “La competencia del examinador de polígrafo incluye formular una conclusión sobre el grado de conciencia de la persona examinada sobre el evento, sus detalles que son de interés para el iniciador del PFI (estudio psicofisiológico de Yu.Kh.), condicionado por la presencia ( ausencia) en la memoria de la persona de imágenes formadas en relación con el incidente”24.
En un artículo publicado anteriormente25 se inició un análisis de lo que es y no es competencia de un examinador de polígrafo, pero debido al volumen limitado de ese artículo, fue posible considerar solo el segundo de los juicios emitidos y demostrar que era formulado incorrectamente.
El punto de partida de la competencia de un perito en general, y de un experto en polígrafo en particular, es su «especialidad científica» (según M.S. Strogovich), desde cuya posición el perito «puede considerar los hechos». El Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia especifica: “en el proceso penal, están sujetos a prueba:
1) la ocurrencia del delito (momento, lugar, método y otras circunstancias de la comisión del delito) el delito);
2) la culpabilidad de la persona en la comisión del delito, la forma de su culpa y los motivos; …» (Artículo 73).
En el caso de una SPFE, se deben tener en cuenta una serie de disposiciones generales y particulares, a saber:
1) el examen “tiene como objetivo establecer las circunstancias incluidas en la materia de prueba en un proceso penal o hechos probatorios significativos»26;
2) el examinador del polígrafo examina el objeto de examen “sólo desde el punto de vista de su especialidad científica”;
3) diagnosticando (es decir, examinando) huellas ideales de eventos pasados almacenados en la memoria del sujeto, el examinador del polígrafo declara su presencia o ausencia, o, en otras palabras, declara la presencia o ausencia de conocimiento (conciencia) sobre algunas “circunstancias de la comisión de un delito”, su comisión de cualquier acto relacionado con el “hecho delictivo”, o motivos ocultos para estos actos;
4) el examinador del polígrafo no interfiere con la valoración jurídica de las acciones del sujeto, las circunstancias del “hecho delictivo” o los motivos de estos actos, ya que “las cuestiones de carácter jurídico no son de su competencia”.
De lo anterior se desprende lógicamente que lo que se especifica en la sentencia «Metodología específica» — «formular una conclusión sobre la existencia de un evento o circunstancias individuales de un delito no es competencia de un examinador de polígrafo » — es incorrecto: combina verdadero y falso.
Conclusión “sobre la existencia del evento … crímenes”, de hecho, no está dentro de la competencia de un examinador de polígrafo (o de cualquier otro experto). El perito siempre debe seguir esta verdad elemental de la ciencia forense.
Pero el juicio de que “formularte es agua sobre la existencia … circunstancias individuales … no está dentro de la competencia de un examinador de polígrafo» — es erróneo. El examinador del polígrafo puede y debe indicar en las conclusiones del informe pericial “el momento, el lugar, el método (es decir, ciertas acciones del sujeto — Yu.Kh.) y otras circunstancias de la comisión del delito” (artículo 73 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia), si se diagnostica: obtener información sobre las circunstancias de la comisión de un delito mediante un polígrafo es competencia del examinador del polígrafo. La conclusión de un perito preparada por un examinador de polígrafo es una fuente de información “a partir de la cual el tribunal, fiscal, investigador, indagador, en la forma prescrita por este Código, establece la presencia o ausencia de circunstancias a probar en el proceso penal, así como otras circunstancias pertinentes al caso penal.” (Artículo 74 del Código de Procedimiento Penal de la Federación de Rusia).
Debido al hecho de que el examinador del polígrafo se ocupa de huellas ideales del pasado. acontecimientos, y la información que recibe muchas veces le permite establecer algunos actos del sujeto, las circunstancias de esos actos y, en ocasiones, sus motivos, suele existir la opinión de que el examinador del polígrafo va más allá del ámbito de “su especialidad científica” y interfiere con la valoración jurídica de estos actos.
Pero esta opinión no es cierta. De hecho, el polígrafo “desde el punto de vista de su especialidad científica”: realizó un estudio de la memoria humana para detectar la presencia de huellas ideales correspondientes en ella; manifestó el hecho de su presencia o ausencia; lógicamente llegó a un juicio sobre la existencia o ausencia de estas circunstancias en el pasado de una determinada persona (por qué aparecieron o no en su memoria); finalmente se limitó a esto y no dio los datos que recibió de una valoración jurídica.
Cabe señalar que la práctica experta a veces obliga a los expertos en ciertas especialidades, mientras permanecen dentro de los límites de «su especialidad científica», a evaluar las acciones de ciertos individuos. TELEVISOR. Averyanova señala que «un especialista en el campo de la pericia técnica del automóvil en su conclusión a veces se ve obligado a observar si las acciones de un usuario de la carretera en particular cumplen con las reglas prescritas». La misma situación surge al realizar exámenes técnicos contra incendios, cuando el experto se ve obligado a indicar en la conclusión qué reglas de seguridad contra incendios se violaron. Pero en ambos casos el experto no resuelve la cuestión principal: sobre la responsabilidad por la violación de estas normas, sobre la culpa de ciertos funcionarios o de otros ciudadanos»27.
Del mismo modo, un polígrafo, al exponer los hechos revelados mediante el estudio de las huellas ideales, no resuelve la cuestión de la responsabilidad del perito, ya que, como señaló M.S. Strogovich, “la decisión (sobre esta cuestión — Yu.Kh.) pertenece al investigador, al fiscal y al tribunal, y no al perito.”28.
Concluyendo el artículo, intentaremos para explicar por qué los autores de la “Metodología de las especies” permitieron una serie de errores de diversos grados de importancia.
Aparentemente, el conocimiento insuficiente del área temática y los aspectos teóricos de la PII llevó a los autores de la metodología a que, al olvidar indicar el tema de SPfE, identificaron erróneamente el objeto de SPfE29, que, por cierto, ya había sido descrito anteriormente30. Un error en la definición del objeto del SPfE, a su vez, implicaba inevitablemente una definición errónea de las tareas y la formulación de las preguntas del SPfE31, aunque “las principales cuestiones resueltas mediante la investigación poligráfica”32 también se describieron anteriormente.
A esto le siguieron recomendaciones infructuosas para la preparación de las conclusiones del SPFE, que ya fueron analizadas por nosotros33 y, finalmente, una definición incorrecta de la competencia misma del polígrafo al realizar la PII en forma de SPFE. Desafortunadamente, lo anterior no agota la lista de deficiencias de la “Metodología de especies”. Y aunque uno de los autores de la metodología indicó en 2006 que “el trabajo para optimizar la Metodología de Expertos en Especies para realizar estudios psicofisiológicos utilizando un polígrafo, por supuesto, debe continuar”34, sin embargo, ese “trabajo de optimización” en el futuro, aparentemente no se llevó a cabo.
Sin darse cuenta de estas deficiencias o, tal vez, deliberadamente guardando silencio sobre ellas, los autores de la “Metodología de las especies” la promueven como un documento metodológico fundamental para la realización de DPI en forma de SPfE.
1 Kholodny Yu.I. Examen psicofisiológico forense mediante polígrafo: el período de formación (artículo uno) //Boletín de criminología. 2008. vol. 1(25). págs. 25 33; Kholodny Yu.I., Sychev M.P. 15 años de uso del «detector de mentiras» 8 en Rusia //Gloria empresarial de Rusia. Almanaque interindustrial. 2009. vol. 2. págs. 48 51, etc.
2 Holodny Yu.I. Encuesta mediante polígrafo y reflexión mental //Togliatti: Boletín de la Universidad Volzhsky que lleva el nombre. V.N. Tatishcheva. Serie «Jurisprudencia». 2001. Edición. 18. P. 205 209.
3 Kholodny Yu.I. Regulación legal del uso del polígrafo para garantizar la seguridad de la información en la Federación de Rusia //Negocios y seguridad en Rusia. 2004. N° 38. Pág. 110.
4 Podshibyakin A.S., Kholodny Yu.I. Sobre la aclaración y complementación de los objetos del diagnóstico forense //Doctrina jurídica rusa en el siglo XXI: problemas y formas de solucionarlos. Jornada científica y práctica (3-4 de octubre de 2001). Saratov, 2001. P. 225 227.
5 En el artículo se consideraron objetos “virtuales” diagnosticados y diagnosticados — Holodny Yu.I. Examen psicofisiológico forense…, vol. 1(25). Pág. 25 33.
6 Suvorova L.A. Huellas ideales en ciencia forense. M.: Yurlitinform, 2006. P. 118.
7 Averyanova TV., Belkin R.S., Korukhov Yu.G., Rossinskaya E.R. Forense. M.: Norma Infra.M, 1999.
8 Enikeev M.I. Fundamentos de psicología general y jurídica. Tutorial para el desafío. M.: Yurist, 1996. P. 516.
9 Kholodny Yu.I. Poligrafología forense y su aplicación en la práctica policial //Boletín informativo No. 21 basado en materiales de las Lecturas forenses “Solicitudes de práctica — la fuerza impulsora detrás del desarrollo de la criminología y la ciencia forense”. M.: Academia de Gestión del Ministerio del Interior de Rusia, 2003. P. 14-19.
10. La definición de “screening” proviene del inglés “screen” — tamizar, comprobar la fiabilidad.
11 Kholodny Yu., Savelyev I. Polígrafo que guarda secretos de estado //Sistemas de seguridad. 1996. No. 4. Pág. 92 94; Holodny Yu.I. Encuesta utilizando un polígrafo como medida sistémica de prevención de delitos forenses //Ciencia forense: cuestiones de actualidad de teoría y práctica. Segunda “mesa redonda” de toda Rusia, 20 y 21 de junio de 2002. Colección de materiales para el 200 aniversario del Ministerio del Interior de Rusia. R n D.: RyuI Ministerio del Interior de la Federación de Rusia, 2002. P. 282 292.
12 Averyanova T.V., Belkin R.S., Korukhov Yu.G.. Ciencia forense…
13 Kholodny Yu.I.., Podshibyakin A.S Poligrafía forense — una nueva dirección en criminología, dedicada al estudio de las “huellas ideales” //Ciencia forense: cuestiones actuales de teoría y práctica. Segunda “mesa redonda” de toda Rusia, 20 21/07/2002 Colección de materiales para el 200 aniversario del Ministerio del Interior de Rusia. R n D.: RyuI Ministerio del Interior de Rusia, 2002. P. 296.
14 Forense/Ed. A. F. Volynsky. M.: Derecho y Derecho: UNIDAD DANA, 2000. P. 20.
15 Holodny Yu.I. La poligrafología forense como nueva dirección en el apartado “Tecnología forense” //Teoría y práctica de la ciencia forense y el examen forense. M.: Academia de Gestión del Ministerio del Interior de Rusia, 2003. P. 74.
16 Kholodny Yu.I. Estudios de diagnóstico forense mediante polígrafo. Capítulo 15. //Ciencia forense: un libro de texto para estudiantes universitarios/ed. A. F. Volynsky, V.P. Lavrová. M.: UNIDAD DANA: Ley y Derecho, 2008. P. 302 317.
17 El material presentado anteriormente es prácticamente desconocido para una amplia gama de criminólogos e incluso para aquellos que están específicamente interesados en los aspectos teóricos de las huellas ideales. Por ejemplo, Los Ángeles. Suvorov, habiendo tomado prestado textualmente (Suvorova L.A. Rastros ideales…, p. 148) algo del autor de este artículo (Kholodny Yu.I. Regulación legal…, p. 110) y olvidándose de mencionar la fuente citada, hizo sin mencionar en su trabajo las novedades que la criminología doméstica logró establecer sobre las huellas ideales a principios de 2006.
18 Averyanova T.V. Examen forense. Curso de teoría general. M.: NORMA, 2008. P. 184.
19 Belkin R.S. Enciclopedia forense. M.: NORMA, 2001. P. 260.
20 Competencia y competencia también se denominan, respectivamente, competencia objetiva y subjetiva: la primera se entiende como “la cantidad de conocimiento que debe poseer un experto” y la segunda es “el grado en que un experto específico posee este conocimiento” (Rossinskaya E. R. Examen forense en procesos civiles, arbitrales, administrativos y penales M.: NORMA, 2005. p. 88).
21 Citado. por — Averyanova T.V. Examen forense…, p. 186.
22 Metodología experta específica para realizar investigaciones psicofisiológicas utilizando un polígrafo //Detección de mentiras instrumental: realidades y perspectivas de uso en la lucha contra el crimen: Materiales de la investigación científica internacional y foro práctico. Saratov: SyuI MIA de Rusia, 2006. P. 90 96.
23 Ibíd., p. 95. (Esta sentencia se repite: Komissarova Y.V. Aplicación de conocimientos especiales en la investigación de delitos //Criminalística. M.: Yurist, 2007. P. 338; Komissarova Y.V. Tácticas antes del interrogatorio y el enfrentamiento //Criminalística . Libro de texto. M.: «Editorial «Élite»», 2008. P. 339.)
24 Además, p. 95. (Con pequeños cambios editoriales, se repite esta sentencia: Komissarova Y. V. . Aplicación de conocimientos especiales…, p. 337; Komissarova Y.V. Tácticas de interrogatorio…, p. 338.)
25 Holodny Yu.I. Examen psicofisiológico forense mediante polígrafo: el período de formación (artículo dos)//Boletín de Ciencias Forenses. 2009. vol. 1(29). Pág. 27 35.
26 Orlov Yu.K. Opinión de expertos…, p. 5.
27 Averyanova T.V. Examen forense…, pág. 190.
28 Citado. por — Averyanova T.V. Examen forense…, pág. 186.
29 “Especie objeto de metodología pericial — manifestaciones fisiológicas del curso de los procesos mentales asociados con la percepción, consolidación, preservación y posterior reproducción por parte de una persona de información sobre algún evento» (Metodología de expertos en especies…, p. 93).
30 Kholodny Yu. I. Encuesta mediante polígrafo y examen psicofisiológico forense //El papel y la importancia de las actividades del profesor R. S. Belkin en la formación y desarrollo de la criminología moderna: Materiales de la Conferencia Científica Internacional (al 80 aniversario del nacimiento de R. S. Belkin). M.: Ministerio del Interior de Rusia de la UA, 2002. P. 422 426.
31 “Las tareas de los expertos pueden definirse en forma de preguntas con el siguiente contenido: 1. ¿Se revelan reacciones durante un estudio psicofisiológico mediante un polígrafo que indiquen que el ciudadano — Nombre completo ¿Tiene información sobre los detalles de lo que pasó? 2. ¿Debido al reflejo de qué circunstancias podría la persona examinada obtener esta información? ¿Pudo haber sido recibido en el momento del evento? (Metodología de expertos en especies…. P. 93).
32 Podshibyakin A.S., Fesenko A.V. Holodny Yu.I. Polígrafo que protege los intereses estatales //Security World. 1999. N° 6. págs. 34 39; Kolkutin V.V., Zosimov S.. Pustovalov L.V., Kharlamov S.G., Aksenov S.A. Exámenes forenses. M.: “Yurlitinform”, 2001. P. 167.
33 Kholodny Yu.I. Examen psicofisiológico forense… (artículo dos)…
34 Komissarova Y.V. Aspectos aplicados del uso del polígrafo en procesos penales en Rusia //Detección de mentiras instrumental: realidades y perspectivas de su uso en la lucha contra la delincuencia. Saratov: SyuI MIA de Rusia, 2006. P. 10.